Quito.- Rodrigo Daniel C. C., exdocente de la Unidad Educativa Consejo Provincial de Pichincha, fue sentenciado a ocho años de reclusión mayor ordinaria, por atentado al pudor (abuso sexual) contra una niña de 11 años, informó este lunes la Fiscalía.
La fiscal del caso, Susana Llumiquinga, presentó cerca de diez testimonios -entre otras pruebas- a un Tribunal de Garantías Penales, para demostrar que el exdocente, cometió el delito contra una estudiante de 11 años en junio de 2012.
El hecho ocurrió en el contexto de un paseo de fin de año lectivo, al que asistió como ayudante del tutor de séptimo año, para reforzar la seguridad de unas cuarenta alumnas.
ADUJO SONAMBULISMO
Durante el viaje a la costa, Rodrigo Daniel C. C. ejerciendo relación de poder sobre la víctima que viajaba con su mejor amiga en un asiento doble las ubicó en el sillón junto a la ventana para ocupar el que daba al corredor del autobús.
Aprovechando que las niñas se quedaron dormidas, abusó sexualmente de la víctima, quien se dio cuenta de los toqueteos que le propinó el profesor. Asustada, movió su pierna para despertar a su amiga y, al mismo tiempo, fingió despertar. Lo mismo hizo el docente: simular que regresaba del sueño, relata la Fiscalía.
El chófer del autobús detuvo la marcha en un paradero del camino, y las niñas se bajaron a ocupar el baño. La víctima le contó en ese instante lo sucedido a su amiga, quien al regresar al vehículo le pidió al profesor que se vaya a su asiento.
Días después indica la Fiscalía en un comunicado- la niña le dijo lo ocurrido a la psicóloga del colegio, y ella informó a la rectora de la Unidad Educativa, quien «colocó a la niña frente al profesor, afirmó la víctima».
El docente negó todo. Agregó que era sonámbulo y que no se acordaba de nada. También trató a la víctima de mentirosa; sin embargo, la amiga de la niña le dijo: «El mentiroso es usted».
DENUNCIA EN FISCALÍA
La madre, que presentó la denuncia en Fiscalía, recibía en ese tiempo llamadas de la madre del agresor (profesora de la misma institución educativa), quien ofrecía pagar el tratamiento psicológico a cambio de que se retirara la denuncia, reza el escrito.
También la esposa del ahora sentenciado, le pedía que «no actúe de mala fe», según la información levantada por una experta en la pericia de entorno social.
En el ciclo lectivo 2016-2017, el profesor volvió a dar clases en dicha institución con nombramiento provisional, según determina un documento informativo de «situación de profesor de la básica matutina», firmado por la rectora del plantel e ingresado como prueba documental.
El informe hace referencia al problema que el docente presentó en el ciclo 2011-2012, cuando trabajó bajo contrato hasta terminar el periodo.
Al verlo de nuevo en la institución, la víctima que estaba por concluir la secundaria- rompió a llorar y, junto con su madre, reabrieron el caso en la Fiscalía, apunta la nota oficial.
CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES
Rodrigo Daniel C. C. fue sentenciado a ocho años de reclusión mayor ordinaria, de acuerdo a un artículo del Código Penal anterior, que hace relación al atentado al pudor.
Actualmente, el delito está tipificado en el artículo 170 del Código Orgánico Integral Penal (vigente desde agosto de 2014) como abuso sexual.
Las dos figuras jurídicas tienen la misma naturaleza: actos de carácter sexual sin acceso carnal. Sin embargo, bajo el principio de favorabilidad, lo sentenciaron de acuerdo al Código Penal vigente a la época de los hechos.
El Tribunal aceptó las circunstancias agravantes que enunció la Fiscalía: que era docente (relación de poder/autoridad) y conocer a la víctima con anterioridad. En cuanto a la reparación integral, los jueces impusieron la entrega de 3 mil dólares para la víctima por parte del agresor.
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