SANTO DOMINGO, República Dominicana. – El Pleno de la Junta Central Electoral (JCE) dispuso otorgar una prórroga de treinta (30) días a todos los partidos, agrupaciones y movimientos políticos acreditados ante la institución para el depósito en formato digital de sus listados actualizados de afiliados.

Con esta extensión, las organizaciones políticas dominicanas dispondrán de un plazo adicional que vencerá el miércoles 2 de septiembre de 2026 a las 4:00 p.m. 

Prórroga oficial de la JCE

La resolución se adoptó en la Sesión Administrativa Extraordinaria celebrada por el Pleno de la JCE el 3 de agosto de 2026. Durante la sesión, el Pleno conoció formalmente una solicitud enviada el pasado 24 de julio de 2026 por el Foro Permanente de Partidos Políticos de la República Dominicana (FOPPPREDOM).

FOPPPREDOM solicitó una ampliación de treinta días tras la emisión de una comunicación de recordatorio (JCE-DPP-288-2026) cursada el 21 de julio por Denny E. Díaz Mordán, director de Partidos Políticos de la JCE, la cual ratificaba que la fecha de vencimiento inicial era el lunes 3 de agosto de 2026.

Solicitud de FOPPPREDOM y base legal

El proceso de actualización de los padrones internos responde a mandatos legales estrictos orientados a garantizar la transparencia del sistema democrático:

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  • Actualización continua por demarcación: De acuerdo con el Artículo 9 de la Ley 33-18, los partidos, agrupaciones y movimientos políticos están obligados a llevar un registro general actualizado de todos sus afiliados, ordenado por circunscripción electoral, municipio, provincia y también por los del exterior.
  • Duplicado obligatorio a la JCE: La ley establece que las organizaciones políticas deben proporcionar de manera oportuna un duplicado de este registro a la Junta Central Electoral, además de comunicar a dicho organismo las nuevas afiliaciones y las desafiliaciones que por cualquier causa se produzcan.
  • Entrega anualizada: El registro debe ser entregado actualizado cada año a la autoridad competente de la JCE y de las juntas electorales, conteniendo las fichas de afiliación o desafiliación firmadas por la autoridad partidaria competente.