Barahona. – El Juzgado de la Instrucción del Distrito Judicial de Barahona condenó a una mujer a un año de prisión suspendida tras declararse culpable de votar en dos ocasiones durante las elecciones presidenciales y congresuales celebradas el 19 de mayo de 2024.

La condenada, identificada como Miscleidy Féliz Cuevas, admitió haber sufragado en dos colegios electorales distintos de la provincia Barahona mientras se desempeñaba como delegada política, una acción tipificada como delito electoral por la legislación dominicana.

Delito electoral en dos colegios

Según el expediente, Féliz Cuevas ejerció el voto en los colegios electorales 0108A y 0125, incurriendo en una violación al artículo 316 de la Ley 20-23 de Régimen Electoral.

La sentencia fue emitida luego de que el tribunal acogiera un acuerdo penal abreviado presentado por el Ministerio Público, mediante el cual la imputada admitió los hechos que se le atribuyen.

Pena suspendida y supervisión judicial

Como parte de las condiciones impuestas por el tribunal, la condenada deberá cumplir una serie de reglas durante el período de suspensión de la pena; entre ellas, mantener residencia fija y acatar las disposiciones establecidas por las autoridades judiciales.

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El juez Daniel Emilio Medina Pimentel homologó el acuerdo y ordenó que el caso sea supervisado por el juez de Ejecución de la Pena. En caso de incumplir las condiciones impuestas, Féliz Cuevas deberá cumplir la condena de un año en prisión.

La legislación electoral dominicana establece sanciones para quienes alteren el proceso de votación o incurran en prácticas que afecten la transparencia de los comicios. Entre estas infracciones figura votar más de una vez, conducta considerada una violación al principio de «un ciudadano, un voto».

Este caso constituye una de las pocas condenas judiciales derivadas de delitos electorales cometidos durante los procesos de votación celebrados en el país en los últimos años.