Santo Domingo.- La procuradora general de la República, Yeni Berenice Reynoso, aclaró este miércoles que el nuevo Código Penal y su reciente reforma no tipifican como delito la creación o publicación de memes, caricaturas, parodias, sátiras, videos o imágenes con fines periodísticos, artísticos, humorísticos o de crítica social.
Aseguró que estas expresiones están protegidas por la Constitución cuando no persiguen fines ilícitos.
La precisión fue difundida por la magistrada a través de su cuenta en la red social X, luego de que surgieran interpretaciones sobre el alcance de la nueva legislación en materia de libertad de expresión.
Expresiones protegidas por la ley
En el documento, la Procuraduría General de la República explica que estas manifestaciones comunicativas no constituyen una conducta dolosa cuando son claramente reconocibles como obras de creación o ficción y no buscan engañar al público con fines ilícitos ni atentan contra la integridad de niños, niñas o adolescentes.
Asimismo, recuerda que el principio de legalidad penal establece que una acción solo puede ser sancionada cuando está descrita de manera expresa, precisa e inequívoca en la ley.
Entre los principales puntos destacados por la Procuraduría figuran:
- El Código Penal no castiga con prisión ni multa la publicación de memes, caricaturas, parodias o sátiras con fines de crítica social, periodísticos, artísticos o humorísticos.
- El derecho penal únicamente sanciona acciones u omisiones dolosas o culposas expresamente previstas por la ley.
Advierte sobre interpretaciones erróneas
La procuradora también sostuvo que es incorrecto realizar interpretaciones extensivas o aplicar la analogía en perjuicio de una persona, ya que el derecho penal lo prohíbe, salvo cuando favorezca al procesado.
No obstante, precisó que la alteración de videos o audios con fines ilícitos para perjudicar a una persona sí puede generar consecuencias legales, aunque aclaró que ello no debe confundirse con la creación de memes, caricaturas o parodias como manifestaciones de la libertad de expresión y de la creación artística, derechos protegidos por la Constitución.
La Procuraduría indicó que estas precisiones buscan evitar interpretaciones erróneas sobre el contenido del Código Penal aprobado y su reforma, en un contexto de debate público sobre el alcance de la nueva legislación.
«La discusión sobre el alcance del nuevo Código Penal en materia de libertad de expresión tomó fuerza tras la aprobación de la reforma, debido a interpretaciones que sugerían que la publicación de memes, caricaturas, parodias o sátiras podría ser objeto de sanciones penales».
Uno de los artículos que más controversia generó fue el relacionado con la difusión de contenidos manipulados, especialmente videos y audios alterados con la intención de causar daño a una persona. Diversos sectores expresaron preocupación sobre una posible afectación al ejercicio del periodismo, la crítica social y la creación de contenido humorístico en plataformas digitales.
En medio de ese debate, organizaciones de la sociedad civil, juristas, comunicadores y usuarios de redes sociales solicitaron aclaraciones sobre el alcance de la legislación, al considerar que una interpretación amplia de algunos artículos podría entrar en conflicto con el derecho a la libertad de expresión, protegido por la Constitución dominicana y por tratados internacionales suscritos por el país.