Por segunda ocasión aplazan medidas de coerción contra exoficiales que intentaron secuestrar a dos empresarios

Un comunicado de prensa emitido por la Fiscalía del Distrito Nacional informa que la decisión fue adoptada por el juez Juan Francisco Rodríguez Consoró. La audiencia había sido fijada en principio para el viernes 9 y luego para este martes 13

SANTO DOMINGO. – La Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente del Distrito Nacional volvió a acoger una solicitud de la defensa y aplazó para el próximo lunes 19 la audiencia de medida de coerción contra los tres exoficiales acusados de intentar secuestrar a dos empresarios.

Un comunicado de prensa emitido por la Fiscalía del Distrito Nacional informa que la decisión fue adoptada por el juez Juan Francisco Rodríguez Consoró. La audiencia había sido fijada en principio para el viernes 9 y luego para este martes 13.

El expediente, preparado por el Departamento de Investigaciones de Homicidios de la Fiscalía del Distrito Nacional, relata que el ex alférez de fragata de la Armada Dominicana Mario Rafael Bretón Santana, el excoronel de la Policía Nacional Luis Elías Cornelio Torres y el excapitán de la Policía Nacional Carlos de Jesús Minier son investigados por el seguimiento y vigilancia contra dos empresarios dominicanos, con fines de secuestrarlos y pedir un rescate.

El Departamento de Investigaciones de Homicidios de la Fiscalía del Distrito Nacional indicó que los exoficiales fueron arrestados en flagrante delito mientras tomaban fotos y enviaban ubicaciones de las víctimas.

Luego de evaluar las circunstancias y condiciones de los encartados, el Ministerio Público solicita la medida de coerción consistente en prisión preventiva, ya que no ofrecen garantía para presentarse a los actos del procedimiento, en razón de que no cuentan con el arraigo suficiente para descartar el peligro de fuga.

El órgano persecutor le ha otorgado al presente hecho la calificación jurídica de violación a los artículos 265, 266, 337 y 2 del Código Penal y los artículos 1,2 y 3 de la Ley 583-70 sobre secuestro.