SANTO DOMINGO.– La Fundación Institucionalidad y Justicia, Inc., (FINJUS), considera grave la violación a los procedimientos internos de la Cámara de Diputados y, sobre todo, a la Constitución de la República, que se han suscitado en días pasados en el marco de la discusión sobre el nuevo Código Penal. Una garantía irremplazable del Estado social y democrático de derecho es el cumplimiento del texto constitucional, por lo que su vulneración resulta peligrosa para la institucionalidad nacional.
El Senado de la República conformó una Comisión Bicameral para el estudio del proyecto de ley de Código Penal a los fines de procurar acuerdos sobre este tema entre ambas cámaras, sobre el cual se rindió informe conforme lo establecido en los artículos 258 y siguientes de su reglamento interno. En ese orden, conforme los trámites legislativos correspondientes, la Cámara de Diputados conoció posteriormente el proyecto e informe que fueron remitidos desde la Cámara Alta.
A pesar de haberse generado ciertos consensos en determinados temas, el referido informe de la Comisión Bicameral fue rechazado en la Cámara Baja, por no alcanzar los votos necesarios para su aprobación, conforme su reglamento. No obstante, si bien se rechazó el informe –no así la pieza legislativa–, se designó otra Comisión Especial para el estudio de un nuevo Proyecto de Ley de Código Penal que fue depositado en esa misma sesión, indicando un plazo fijo de un día para que ésta rindiera informe.
Resulta un hecho confuso qué sucedió con el proyecto de ley estudiado por la Comisión Bicameral, el cual fue sometido a consideración del Pleno de la Cámara de Diputados, cuyo informe fue rechazado, lo que pareciera que se dejaba sobre la mesa el anterior proyecto legislativo remitido desde la Cámara Alta. En un primer momento, resulta evidente la vulneración a los procedimientos legislativos indicados en nuestra Constitución, ya que se interpreta del rechazo del informe, el mismo destino del propio proyecto de ley; lo cual es una violación a lo establecido en el artículo 107 de la Ley de Leyes.
Decimos lo anterior en virtud de que conforme nuestro texto constitucional así lo establece, “los proyectos de ley rechazados en una cámara no pueden presentarse en ninguna de las dos cámaras hasta la legislatura siguiente.” De igual modo, si bien se pretendiere presentar el Proyecto de Código Penal más reciente como un asunto nuevo para esta legislatura, es un hecho incontrovertible que su objeto no ha variado y, por tanto, la pieza normativa sobre la cual rindió informe una nueva Comisión Especial resulta tener los mismos fines que aquella que fue rechazada o, en cualquier caso, puesta sobre la mesa sin decisión definitiva.
Asimismo, resulta peligroso para la institucionalidad democrática que el órgano encargado de legislar y fiscalizar conforme nuestro ordenamiento jurídico constitucional actúe de manera sorpresiva y confusa, lo cual puede generar graves repercusiones para el necesario fortalecimiento de los procedimientos legislativos establecidos en nuestra Constitución y los reglamentos de cada cámara.
El sano equilibrio del Estado de Derecho se fortalece con el sistema de control y frenos y contrapesos. Esta es una garantía institucional de la separación de poderes establecida desde hace décadas en nuestro ordenamiento constitucional. De manera que, si conforme los trámites legislativos correspondientes se envía finalmente el proyecto al Poder Ejecutivo, recomendamos que éste sea observado, de acuerdo a lo establecido en el artículo 102 de la Constitución dominicana.
Desde FINJUS, exhortamos el respeto irrestricto a los mandatos constitucionales y el fortalecimiento de los poderes públicos y, por tanto, resaltamos que la búsqueda de soluciones a las propuestas y normativas que inciden transversalmente en el ordenamiento jurídico debe descansar sobre la certeza y el respeto a los principios que dotan de equilibrio funcional al Estado.
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