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Prisión preventiva para hombre acusado de estafar a 94 personas con más de US $2 millones

Investigación
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Santo Domingo.- La Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente del Distrito Nacional dictó tres meses de medida de coerción contra un hombre acusado de estafar a un grupo de 94 personas US$ 2,493,933.00 dólares y RD$7,250,500.00.

El imputado identificado como Juan Diego Toribio Mejía deberá cumplir la medida en el Centro de Corrección y Rehabilitación Najayo Hombres, en la provincia de San Cristóbal.

De acuerdo al comunicado, el hoy procesado Juan Diego Toribio Mejía cometió la presunta estafa con los coimputados  Luis Alejandro Lantigua Báez, Harold Martínez Hernández, Samil José Abad de la Rosa, Luis Napoleón Grano de Oro Sepúlveda, Bélgica Altagracia Báez de la Rosa, José Horacio Vicioso Ureña y Yoirna Guzmán Contreras (estos últimos prófugos).

Asimismo establece que la acción delictiva fue ejecutada entre el pasado mes de julio del 2021 y diciembre del 2022, a través de la sociedad comercial HDLS Digital Kindom Investment Group S.R.L., y la Cooperativa de Ahorros, Crédito y Servicio Múltiples Digital Dominicana,  (Digicoop), INC,  “en la que Toribio Mejía formaba parte del consejo de vigilancia, a partir de la asamblea constitutiva de fecha 18 de diciembre de 2021, mientras que en la sociedad comercial Kindom Investment éste ostentaba la calidad de sociogerente a partir del año 2021, momento en el cual comenzó a operar dicha sociedad comercial, la cual de acuerdo a su objeto social era la consultoría financiera, actividad financiera, intercambio de valores, préstamos y marketing digital.

La misiva también establece que los miembros de la red conminaba a las víctimas, para que formaran parte de la Cooperativa de Ahorros, Crédito y Servicio Múltiples Digital Dominicana, (Digicoop), INC., estableciéndose, que si no lo hacían no podían continuar invirtiendo en la sociedad HDLS Digital Kindom Investment Group S.R.L.

En tanto que el MP acusa a Juan Diego Toribio Mejía de violentar los artículos 405, 408 que Tipifican la Estafa y el Abuso de Confianza del Código Penal Dominicano; 3.3 de la Ley 155-17 y 3.a sobre Lavado de Activos Provenientes del Narcotráfico y otras Infracciones Graves, el artículo 69 de la Ley 127-64 sobre el Cooperativismo en República Dominicana y la Ley 53-07 sobre Crímenes y Delitos de Alta Tecnología.

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