SANTO DOMINGO.- Este domingo se desarrolla la quinta audiencia de conocimiento de medida de coerción en el caso de supuesta corrupción denominado operación Calamar.
Aunque este proceso, al igual que en otros casos de supuesta corrupción, se ha extendido por varios días y las audiencias son definidas como kilométricas, para algunos juristas el mismo no debería exterderse tanto ya que el nivel en el que se encuentra el proceso judicial no lo amerita.
En ese sentido muchos podrían preguntarse qué es una audiencia de medida de coerción.
Según han explicado algunos togados, el conocimiento de medida de coerción no es más que la primera etapa de un proceso judicial donde el Ministerio Público presenta sus argumentos para que un juez decida si una persona puede llevar un proceso judicial en libertad o guardando prisión preventiva, esta última con el fin de que no se sustraiga del proceso.
En otras palabras «Es aquella que puede adoptar el órgano judicial durante la etapa preparatoria de un proceso penal contra el presunto responsable de un hecho delictivo, con la finalidad de asegurar su presencia en el proceso y garantizar los efectos penales y civiles de una futura sentencia condenatoria, cuando se estima que hay una probabilidad razonable de que este sea el autor del hecho y de que pueda ocultarse a sí o a su patrimonio en el curso del procedimiento penal».
No obstante, no existe solo la prisión preventiva como medida de coerción sino que hay otras que pueden ser dictadas por un juez dependiendo de los alegatos del órgano acusador.
Las reales son las que recaen directamente sobre los bienes de las personas afectadas, pudiendo devenir como consecuencia de la responsabilidad civil, multas o inclusive costas procesales.
De su lado, las medidas de coerción personales no tienen que ver con aspectos económicos, sino más bien con la restricción de derechos individuales que siempre coartan la libertad como derecho del sujeto.
Dichas medidas pueden ser la citación, el arresto, el impedimento de salida, visitas periódicas e incluso la prisión preventiva siendo esta última la más gravosa.
Actualmente las medidas de coerción que se usan en los tribunales de República Dominicana son la citación, la presentación de una garantía económica, la prohibición de salir sin autorización del territorio nacional, la obligación de someterse a cuidado o vigilancia bajo supervisión del juez, la obligación de presentarse periódicamente ante una autoridad designada por el juez, la colocación de localizadores electrónicos, el arresto domiciliario y la prisión preventiva.