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¿Por qué se realizan los allanamientos en horas nocturnas?

Muchos se han preguntado el por qué y si es legal realizar allanamientos nocturnos, hecho que ha generado debate en las redes sociales por la forma en que el Ministerio Público procede a intervenir las viviendas de los acusados.

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SANTO DOMINGO.- Anoche el Ministerio Público llevó a cabo la Operación Medusa, realizando allanamientos que abarcaron la casa del exprocurador de la República, Jean Alain Rodríguez, su madre Maybe Sánchez, y otros implicados.

Muchos se han preguntado el por qué y si es legal realizar allanamientos nocturnos, hecho que ha generado debate en las redes sociales por la forma en que el Ministerio Público procede a intervenir las viviendas de los acusados.

Según el Código Penal, la Procuraduría General de la República está actuando bajo el protocolo establecido, esto, de acuerdo con el Artículo 179, el cual indica que «pueden realizarse registros en horas de la noche cuando el juez lo autorice de modo expreso mediante resolución motivada».

¿Qué dice el artículo del Código Procesal Penal?

“Los registros en lugares cerrados o cercados, aunque sean de acceso público, sólo pueden ser practicados entre las seis horas de la mañana y las seis horas de la tarde. Sin embargo, excepcionalmente pueden realizarse registros en horas de la noche: 1) En los lugares de acceso público, abiertos durante la noche; 2) Cuando el juez lo autorice de modo expreso mediante resolución motivada”, dice el Artículo 179.

El documento de orden judicial agrega “que conforme los términos del Artículo 175 del Código Procesal Penal de la República Dominicana, «Los funcionarios del Ministerio Público o la Policía, pueden realizar registros de personas, lugares o cosas, cuando razonablemente existan motivos que permitan suponer la existencia de elementos de prueba útiles para la investigación o el ocultamiento de imputado, de conformidad a las normas y previsiones de este código”

“Exponiendo el fiscal la necesidad de allanar en los lugares señalados vinculados a las personas investigadas en horario nocturno, debido a la naturaleza de la investigación y atendido a lo expuesto en el artículo que antecede, sobre que la ejecución nocturna esta revestida de excepcionalidad, entendemos que dado el cuadro general planteado se configuran presupuestos que le justifican, a fin de resguardar el espacio familiar de las personas investigadas y la privacidad de la agencia, por lo que procede autorizar la nocturnidad solicitada, conforme se consigna en el dispositivo”, dice textualmente la orden judicial.

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