Hace varios meses asistí al velorio de una señora amiga. Ella y varias de sus hijas abandonaron la iglesia católica hace unos 20 años para afiliarse a una iglesia evangélica.
Cuando llegué a la funeraria hablaba elocuentemente un pastor. Me senté en un banco a escucharlo, y cuando terminó, me acerqué al ataúd a dar el pésame a la familia.
En ese momento escuché al pastor decirle a una hija de la difunta: “¿por qué está eso ahí?” Señalaba el crucifijo colgado en la pared justo detrás del ataúd. Ella le respondió: “es de la funeraria”, y él le dijo: “pues quítalo y ponlo por ahí abajo”.
Cuento esto por el debate de los últimos días sobre la exigencia a las escuelas públicas y privadas de leer la Biblia que establece la Ley 44 del año 2000.
Lo primero es decir que los legisladores dominicanos aprueban leyes con disposiciones que reflejan su falta de conocimiento de la Constitución dominicana y de las normas elementales de sentido común (y los presidentes las promulgan).
La Ley 44-00 ilustra esa situación. Que esa ley instituya la lectura diaria de la Biblia en las escuelas es una violación a los derechos democráticos al libre culto religioso (Faride Raful tiene razón). En una democracia, el Estado no puede imponer en sus instituciones, incluidas las escuelas públicas, una perspectiva religiosa. Todas deben tener cabida en las escuelas; no como culto (para eso están las iglesias, sinagogas, mezquitas y demás templos), sino como tema de estudio.
Tres párrafos de la Ley merecen ser copiados textualmente para entender el sinsentido:
PARRAFO I.- Se establece a nivel inicial, básico y medio, después del izamiento de la Bandera y entonación del Himno Nacional, la lectura de una porción o texto bíblico.
PARRAFO 11.- Se establece a nivel inicial, básico y medio la instrucción bíblica, que se impartirá por lo menos una vez a la semana. Los programas y métodos de enseñanza bíblica serán propuestos por la Conferencia del Episcopado Dominicano y la Confederación Dominicana de la Unidad Evangélica (CODUE).
PARRAFO 111.- En cada escuela pública, previo consenso de los órganos o autoridades religiosas competentes del párrafo 11, se ofrecerá un programa de instrucción bíblica común o, en su defecto, se ofrecerán dos programas de instrucción bíblica individuales, uno por cada órgano o autoridad religiosa competente del párrafo 11. Los padres de los alumnos, o quienes hagan sus veces, podrán escoger entre los dos programas de instrucción bíblica mediante una simple declaración escrita, pudiendo también optar por la exención de la materia, como la prescribe la Ley General de Educación.
Estos tres párrafos muestran que: a) la ley obliga a las escuelas a instituir la lectura de la Biblia (pedir exención es algo que los padres probablemente no harían para evitar el bullying de ateos a sus hijos); y b) la ley asume que podría haber desacuerdo entre católicos y evangélicos; por tanto, indica ofrecer dos programas de enseñanza bíblica en las escuelas.
La Ley 44-00 no se ha implementado, no porque sea inconstitucional, que lo es por la imposición religiosa, sino, por el lío que se armará en las escuelas públicas cuando se enfrenten católicos y evangélicos, y distintos grupos evangélicos, sobre quién leerá el texto bíblico y quién impartirá la instrucción bíblica.
Sería más sano ahorrar a los niños y jóvenes dominicanos el espectáculo de los conflictos entre las distintas denominaciones cristianas. Predican la paz, pero compiten y se atacan entre ellas (crucifijo incluido).
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