Santo Domingo.– La Suprema Corte de Justicia rechazó el recurso de casación que interpuso la Cámara de Cuentas contra la sentencia de la Quinta Sala del Tribunal Superior Administrativo que la condenó a indemnizar al abogado Julio Cury por los daños morales causados al haber mencionado su nombre en las notas de prensa que distribuyó cuando persiguió la nulidad del contrato de servicios que ese órgano suscribió con Inteligencia Legal, SRL.
Mediante sentencia núm. SCJ-TS-25-1996, la corte casacional descartó que la sentencia núm. 0030-1643-2023-SSEN-00888 del 31 de octubre del 2023, que condenó a la Cámara de Cuentas a pagarle al jurista la suma de RD$4,500,000.00 a título de daños morales, entendiendo que el uso de su nombre en notas de prensa sin que él figurara como parte del contrato cuya nulidad pretendió el órgano fiscalizador, constituyó una actuación generadora de daños antijurídicos que Cury no estaba obligado a soportar.
El alto colegiado judicial rechazó que la sentencia condenatoria adoleciera de los vicios que la Cámara de Cuentas le atribuyó, específicamente de déficit motivacional, considerando que la carga argumentativa por la que acordó en favor de Cury la indemnización, era “suficiente, pertinente y coherente, lo que le ha permitido a esta sala, como Corte de Casación, determinar que en la especie se ha hecho una correcta aplicación del derecho que justifican la decisión adoptada”.
Una acción en nulidad
Estos fueron contratados para presentar ante la Suprema Corte de Justicia una acción en nulidad contra la orden de allanamiento que emitiera la jueza María Garabito en perjuicio de la sede de la Cámara de Cuentas, y para interponer por ante el Tribunal Constitucional una acción en conflicto de competencia en contra de la Procuraduría General de la República, procesos de los cuales, pese a encontrarse en estado de fallo, desistió el Pleno del órgano fiscalizador que presidió Janel Ramírez.
- Suprema Corte de Justicia.
- Rechaza recurso de casación.
