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Senado aprueba ley que reestructura y moderniza el Banco de Reservas

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La pieza establece que para ser miembro del Consejo los postulantes no pueden estar en cargos en el Gobierno y no estar en proceso de insolvencia como deudor o no presentar créditos castigados.

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Santo Domingo. -El Senado de la República aprobó la tarde de este martes el proyecto de ley que modifica la ley Orgánica del Banco de Reservas o Ley 6133, que data del año 1962, a fin de introducir algunas mejoras en cuanto al organigrama de la institución.

La pieza procedente del Poder Ejecutivo fue aprobada en segunda lectura con 17 votos a favor y cinco en contra, de 22 senadores presentes. Previamente, recibió el visto bueno en la Cámara de Diputados y ahora vuelve al despacho del presidente Luis Abinader para su promulgación.

Entre los cambios están que se llamará “Banco de Reservas de la República Dominicana-Banco Múltiple”.

Además, el artículo 8 señala que el capital del Banco de Reservas de la República Dominicana-Banco Múltiple será de 39,000 millones de pesos, Cuya cantidad podría ser aumentado o disminuido mediante cuya resolución que emita el Consejo de Directores. Además, que las ganancias serán repartidas en un 60 % para la institución y el restante 40% para el Estado.

Presidente y Consejo Directivo
Al entrar en vigencia, Samuel Pereyra, en vez de administrador general se llamará presidente ejecutivo, y entre sus funciones estarán dirigir el Consejo Directivo, el cual será dirigido por 14 miembros, el doble de lo que hay en la actualidad.

El Consejo Directivo estará integrado por el ministro de Hacienda, quien lo presidirá; el presidente ejecutivo, sin voz ni voto; y doce miembros designados por el Poder Ejecutivo, a recomendación de la Junta Monetaria.

La pieza establece que para ser miembro del Consejo los postulantes no pueden estar en cargos en el Gobierno y no estar en proceso de insolvencia como deudor o no presentar créditos castigados.

El artículo 24 señala que el Consejo Directico se reunirá por lo menos una vez al mes, con previa convocatoria de un mínimo de tres días, excepto en caso de emergencia.

Entre las atribuciones están: aprobar el código de ética, aprobar el estatuto social de la empresa, designar al vicepresidente, la secretaria general, aprobar el establecimiento de sucursales, conocer los estados financieros, entre otras disposiciones.

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