Uso de mascarilla será de rigor en transporte masivo y centros de salud

Dicta que se mantiene declarado epidémico el territorio nacional y, en consecuencia. se disponen las siguientes medidas para continuar accionando efectivamente contra la enfermedad causada por la COVID-19.

 

SANTO DOMINGO.- El Ministerio de Salud Pública emitió este jueves una resolución con resto a la eliminación de todas las restricciones que establecían medidas contra el Covid-19.

Mediante la resolución 0008-2022 se establece que sin efecto las disposiciones contenidas en las siguientes resoluciones del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, la Resolución núm. 000048, de fecha 08 de octubre de 2021, Resolución núm. 000069, de fecha 27 de diciembre de 2021, y la Resolución núm.0002-2022, de fecha 07 de enero de 2022.

Dicta que se mantiene declarado epidémico el territorio nacional y, en consecuencia. se disponen las siguientes medidas para continuar accionando efectivamente contra la enfermedad causada por la COVID-19.

Señala que se recomienda el uso de mascarillas en espacios públicos y privados, abiertos y cerrados, su uso para personas en condiciones de salud de inmunosupresión o factores de riesgo como insuficiencia renal, VIII, cáncer, tuberculosis, asma, enfisema, bronquitis crónica, diabetes mellitus, obesidad, hipertensión arterial, inmunosupresión farmacológica y falcemia; así como también a las personas que tengan estrecho contacto con estas.

Indica que será de rigor el uso de mascarillas en centros de salud públicos, privados y transporte masivo de pasajeros.

Se elimina la exigencia de la presentación de tarjetas de vacunación para ingresar a lugares de uso público, escuelas, universidades, colegios, etc.

Se mantiene el esquema de vacunación contra la COVID-19 para toda persona mayor de 18 años, consistente en tres dosis de las vacunas disponibles, con los tiempos preestablecidos en sus protocolos de administración entre cada dosis, recomendando la administración heteróloga.

Se recomienda una dosis de refuerzo opcional (41a dosis) para las personas mayores de 60 años, personas Inmunodeprimidas y personas que así lo requieran por condición especial de salud, aplicadas seis meses después de la tercera dosis.