El 25 de enero de este año era jueves y creo haber sido el único de los comentaristas habituales de radio y televisión que cuestionó un encuentro cuya fotografía apareció en la portada de varios impresos, que parecía solo merecer ponderaciones elogiosas: 21 presidentes de los partidos políticos del país reunidos con el pleno de la Junta Central Electoral para consensuar la posposición del voto preferencial para la escogencia de los regidores en las elecciones del 2020.
Lo que comenté se resume en mensaje que publiqué en mi cuenta de Twitter, acompañado de la variopinta fotografía, 26/1/18: “A la hora de preservar intereses, no hay liberales y conservadores, ni derechistas e izquierdistas, todos a una para despojar a munícipes de la potestad de escoger sus ediles, para dejarlo al dedo de la cúpula porque pequeño o grande quieren tener el control del cargo y la JCE trabajar menos”.
Esa conquista la había trabajado con mucho ahínco el alcalde Juan de los Santos con varios objetivos: 1-Tener regidores que sean producto de la elección directa de sus munícipes, lo que obliga a mayores compromisos con la agenda de los electores; 2-Evitar que las alianzas en que los partidos grandes incurren con los pequeños deje en minoría en la Sala Capitular al partido que ha ganado la alcaldía, a merced el chantaje o el boicot de gente sin compromiso con la gestión que quieren hacer prevalecer sus agendas particulares.
Si de lo que se trata es de ampliar y fortalecer los mecanismos democráticos, es indiscutible que eso será un paso de avance, que no puede estar sujeto a las conveniencias de las cúpulas partidarias.
Esa es la misma conducta que los que acudieron a ese encuentro presentan ante la posibilidad de que los candidatos a puestos públicos sean escogidos en primarias abiertas y simultáneas con el único padrón fiable que existe en el país: el de la Junta Central Electoral.
El argumento fundamental, está remitido al artículo 277 de la Constitución de la República, que impide que el Tribunal Constitucional pueda conocer de los asuntos decididos por la Suprema Corte de Justicia, antes de que se pasara del mecanismo de control difuso de la Constitución, al centralizado en el TC, que bajo ningún concepto puede suprimir las potestades del Congreso, y, menos aún, cuando se legisla en función de los mandatos de una nueva Constitución.
En la medida en que se consolida la democracia, los mecanismos de escogencia de los candidatos se han ido abriendo. Aunque, hasta el momento, el único requisito de ley para inscribir una candidatura ante la JCE, es el de una asamblea de delegados, mecanismo indirecto, los partidos se vieron en la obligación de introducir el sistema de primarias que permite a toda su militancia escoger a los candidatos, pero ese mecanismo, que en su momento representó avances, se ha quedado rezagado porque hoy la militancia política es una quimera, por lo que un porcentaje importante de todos los padrones está compuesto por las mismas personas inscritas en distintos partidos.
Prueba de que nuestra dirigencia política se guía más por las conveniencias coyunturales que por posiciones de principios, es que los que introdujeron la propuesta de primarias abiertas, los representantes de la principal fuerza opositora, se oponen ahora porque entienden que de las primarias cerradas el partido oficial puede escoger un candidato con mayor vulnerabilidad que uno que resulte de unas primarias abiertas.
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