Tribunal condena hombre por tráfico de drogas en San Pedro de Macorís

Toñito Nuel Nual, fue sentenciado a cumplir la pena en el centro de privación de libertad La Victoria, en Santo Domingo Norte, y al pago de 50 mil pesos de multa, tras ser declarado culpable.

SAN PEDRO DE MACORÍS.- El Ministerio Público obtuvo un fallo judicial de cinco años de prisión en contra de un hombre que fue arrestado en 2020 con 189 porciones de distintas drogas, en el municipio Consuelo.

Toñito Nuel Nual, fue sentenciado a cumplir la pena en el centro de privación de libertad La Victoria, en Santo Domingo Norte, y al pago de 50 mil pesos de multa, tras ser declarado culpable de tráfico ilícito de sustancias controladas, en la categoría de traficante.

Los jueces Kenia del Pilar Tavárez Henríquez, Juan de la Cruz Rijo Güílamo y Haydeliza Ramírez Henríquez, del Tribunal Colegiado de San Pedro de Macorís, condenaron a Nuel tras acoger la acusación presentada por el Ministerio Público.

El hoy condenado fue arrestado luego de que se le ocuparan 167 porciones de cocaína clorhidratada, con un peso de 66.46 gramos; 12 porciones de crack, con un pesaje de 1.94 gramos, además de 10 porciones de marihuana, con un peso de 573 miligramos.

Con las pruebas aportadas en el juicio, el acusador Pedro Adael García de Peña, del Departamento de Litigación Final del Ministerio Público, pudo acreditar fuera de toda duda que el 30 de enero de 2020, alrededor de las 5:00 de la tarde, se produjo el arresto del procesado, quien portaba las sustancias narcóticas, mientras transitaba por la calle Principal de Batey Consuelito, del citado municipio.

Miembros de la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD) lo apresaron luego de que le ocuparan las drogas que, posteriormente, fueron analizadas en el Instituto Nacional de Ciencias Forenses (Inacif), donde se estableció el tipo y el peso exacto.

Las pruebas aportadas por el órgano acusador demostraron que incurrió en el tráfico de drogas en violación a los artículos 4, letra d; 5, letra a; 6, letra a; y 75, párrafo II, de la Ley 50-88, sobre Drogas y Sustancias Controladas.