Santo Domingo.- El Cuarto Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, acogió la constitución en parte civil del Estado Dominicano, representado a través del Equipo de Recuperación de Patrimonio Público (ERPP), en el juicio especial celebrado a Milagros Isabel Torres Castellanos, socia de la entidad EDITORAMA SRL, quién por una condición de salud se le conoció su proceso separado de los demás acusados.
El tribunal, si bien reconoció que la imputada a través de la entidad comercial incurrió en lavado de activos, ratificó su condición de inimputable y en tal sentido acogió la petición de la Procuraduría Especializada en Persecución de la Corrupción Administrativa (PEPCA) de que cumpla cinco años en un centro psiquiátrico donde pueda recibir atenciones ajustadas a su condición de salud.
“La decisión del tribunal fortalece la lucha en contra de la corrupción administrativa y de la inmunidad a la que ha sido históricamente sometida nuestra sociedad. Lucha que cuenta con el apoyo de la mayoría de los dominicanos, quienes supervisan el comportamiento, rol y desempeño de todas las partes involucradas a fin de formarse su criterio frente a la firmeza, responsabilidad, coherencia y la legalidad con que actuamos”, manifestó Jorge Luis Polanco, coordinador general del ERPP.
Polanco, valoró el trabajo llevado a cabo por Jorge López Hilario y los miembros de su firma que le asisten, del ERPP que representan en estrado al Estado dominicano en ese proceso, y quienes han logrado la primera condena en ese sentido.
En tanto que López Hilario, al salir de la audiencia donde se emitió la condena penal y civil, destacó que “este precedente servirá de ejemplo para todos los demás casos de corrupción en curso”.
El 7 de febrero, el juez del Séptimo Juzgado de la Instrucción dispuso el envío a juicio de Alexis Medina y los otros imputados en el caso, al tiempo que acogió la declaración de culpabilidad de Francisco Pagán, exdirector de la Oficina de Ingenieros Supervisores de Obras del Estado y Julián Esteban Suriel Suazo, en tanto que Lewin Ariel Castillo, se le suspendió condicionalmente el proceso y a Domingo Antonio Santiago, se le aplicó un criterio de oportunidad.
De igual manera, dispuso el embargo preventivo por 445 millones de pesos en favor del Estado como medida de coerción real.
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