Santo Domingo. – El Tribunal Superior Electoral (TSE) declaró inadmisible de oficio el recurso de amparo preventivo de extrema urgencia que buscaba anular la convocatoria de la convención de dirigentes del Partido Revolucionario Dominicano (PRM), para la reforma de los Estatutos.
Los magistrados Ygnacio pascual Camacho Hidalgo, presidente; y los jueces titulares Juan Alfredo Biaggi Lama, Rosa Pérez de García, Pedro P. Yermenos Forastieri y Fernando Fernández, declararon la inadmisibilidad por falta de calidad, legitimación procesal pasiva, de acuerdo a lo que establece el artículo 21 de la Ley de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, número 33-18 y el artículo 83 del reglamento de procedimientos contencioso electorales, luego de oír los argumentos de las partes.
La decisión obedece a que los dirigentes firmantes del amparo: Antonio Rafael Durán Almonte, Miguel Ángel Severino Rodríguez, Andrés Cervantes Díaz Jiménez y Milton Ramón Olivo Peña, realizaron la solicitud en contra del presidente del PRM y no en contra del partido, como era lo debido.
Al considerar que no se vulneran los derechos de elegir y ser elegido y que es una acción fuera del contorno jurídico, los abogados representantes del PRM plantearon al tribunal la inadmisibilidad del recurso.
Carlos González, abogado representante del PRM, dijo que «la acción es notoriamente improcedente porque no se ha podido probar que un proyecto que ni siquiera es definitivo pueda afectar ninguna de los derechos fundamentales a los que hacen referencia la parte accionista».
«No tiene sentido jurídico procurar revocar un acto que todavía no se ha celebrado», expresó Edison Joel Peña, abogado del PRM.
Asimismo, Miguel Ángel Severino, quien aspira a la presidencia del PRM, consideró que mediante la reforma a los estatutos que se discutirán en la asamblea convocada para este domingo, el actual líder perremeísta, José Ignacio Paliza, pretende perpetuarse en la dirección del colectivo.
«José Paliza está usando las oficinas presidenciales de su ministerio para convocará dirigentes y diciéndole Mira renuncia a tus aspiraciones que te vamos a dar un empleo de tanto y a designar un puesto, eso ellos lo están haciendo a nivel nacional», precisó.
Severino explicó que presentó el amparo en contra de Paliza y no en contra el partido, ya que la organización partidaria es una persona jurídica pasiva que no habla y mucho menos decide.
Los accionantes buscan que la forma en la que se elijan las autoridades del partido, sea únicamente a través del voto universal de los militantes de la organización partidaria y no mediante las demás opciones que dicta el artículo 153 de los nuevos estatutos del PRM.
En la asamblea pautada para el domingo 30 de enero, se someterá a votación la modificación de los estatutos que fue aprobada por la dirección ejecutiva del PRM.