ESPAÑA.- Un juez español concedió el cambio de sexo a un niño de ocho años, en cuya partida de nacimiento figuraba como mujer, al valorar la «suficiente madurez» y su «situación estable de transexualidad».
La decisión de magistrado -fechada el 10 de junio en una resolución judicial a la que tuvo acceso EFE- se conoció este lunes, el mismo día que el Gobierno español aprobará el proyecto de ley trans, que permite el cambio sexo en el registro sin informe médico ni psicológico a partir de los 12 años con determinadas condiciones y desde los 16 de forma autónoma.
En su resolución el magistrado, titular de un jugado de la ciudad de Ourense (noroeste de España), determina que se rectifique el acta de nacimiento del menor y se modifique la indicación de sexo, que ha se ser «varón» y no «mujer» como figuraba.
Esta resolución judicial responde a una petición de 2021, en la que los padres del niño, de nombre Antonio, pedían el cambio en el registro civil.
El magistrado tuvo la oportunidad de entrevistarse con el menor el pasado mes de marzo y comprobó la «suficiente madurez» y su «situación estable de transexualidad».
A lo largo del documento judicial, el juez relata la situación vivida por Antonio y subraya que siempre pensó y se sintió como un varón, por lo que concedió el cambio de sexo en el Registro Civil.
El Gobierno aprobará el proyecto de ley trans en la víspera del día del Orgullo LGTBI y un año después de que ya diera luz verde al anteproyecto tras unas largas y difíciles negociaciones dentro del Ejecutivo de coalición que conforman el Partido Socialista y la formación de izquierdas Podemos.
El texto actual, que será remitido al Congreso para que comience ya su tramitación parlamentaria no establece «grandes cambios» respecto al anterior; incluye modificaciones de mejora, pero no varían el espíritu de la ley, según indicaron a EFE fuentes del Ministerio español de Igualdad.
El proyecto de ley establece que el cambio de sexo registral se podrá realizar a partir de los 12 años: entre 12 y 14 años se necesitará aprobación judicial; entre 14 y 16, la asistencia de padres o tutores; y a partir de los 16 no habrá limitación alguna.
La ley «despatologiza» a las personas trans, de forma que la voluntad de la persona será el único requisito para el cambio, acabando así con los informes médicos y la necesidad de tutelas médicas y legales. Además prohíbe las terapias de conversión.