Santo Domingo.—El Ministerio de Cultura contrató por US$1,003,000, impuestos incluidos, a la firma Adell Merizalde Consulting, S.R.L., para representar y defender al Estado dominicano en un procedimiento internacional de arbitraje de inversión, según documentos oficiales del proceso de contratación.
La adjudicación fue aprobada el 11 de febrero de 2026 por el Comité de Contrataciones Públicas del ministerio, mediante la Resolución núm. CCP-2026-002. Un día después, el ministro de Cultura, Roberto Ángel Salcedo, y el gerente de la firma, Stephan Adell, suscribieron el contrato profesional número CULTURA-2026-00001.
Adjudicación y modalidad de excepción
La contratación se realizó bajo la modalidad de excepción por selección directa de servicios de representación jurídica y gestión de intereses, identificada como CULTURA-CCC-PEOR-2026-0001.
De acuerdo con el acta de adjudicación, la propuesta de Adell Merizalde Consulting fue evaluada bajo el criterio de “cumple/no cumple” y considerada conforme con todos los requisitos técnicos y económicos establecidos para el procedimiento. La decisión fue adoptada por unanimidad.
Los documentos indican que la Dirección Jurídica del Ministerio de Cultura solicitó formalmente la contratación de la defensa legal el 13 de enero de 2026. El 30 de ese mismo mes fue emitido el informe justificativo para recurrir al procedimiento de excepción y, el 3 de febrero, el Comité de Contrataciones autorizó que se solicitara la propuesta a la firma seleccionada.
Plazo inicial y alcance del contrato
El acuerdo tiene una vigencia inicial de 24 meses, contados desde su suscripción, aunque podrá ser enmendado de acuerdo con el calendario procesal del arbitraje y las actuaciones que resulten necesarias.
El monto contratado constituye el límite máximo de facturación por las actuaciones ordinarias de la firma hasta la emisión del laudo final. Sin embargo, el contrato establece que la suma no cubre los honorarios y gastos de los árbitros, testigos y expertos, los costos administrativos de la institución arbitral ni los gastos en que incurran funcionarios o empleados dominicanos vinculados al proceso.
Esos desembolsos adicionales deberán ser asumidos por el Ministerio de Cultura. El valor del contrato también podría variar si durante su vigencia se producen aumentos en las tasas impositivas aplicables.
La firma entregó como garantía de fiel cumplimiento un aval bancario emitido por el Banco Popular Dominicano, equivalente al 1 % del monto adjudicado, lo que representa US$10,030.
El equipo autorizado para actuar en nombre del Estado está integrado por los socios Stephan Adell, Juan Felipe Merizalde, Francisco Batlle y Nicolás Córdoba, así como por los abogados Gabriela Santana, Carmen Haché y Simón García. Entre las responsabilidades asignadas figuran la elaboración de la estrategia procesal, la preparación de los escritos de defensa, réplica y dúplica, la participación en la audiencia de fondo y la presentación de informes sobre el avance del arbitraje.
Vacíos sobre el arbitraje y transición institucional
El expediente señala que la selección fue precedida por una evaluación del Comité Interinstitucional de Solución de Controversias, entonces integrado por representantes de la Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo, la Procuraduría General de la República, el Ministerio de Cultura y dependencias del Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes.
El 26 de marzo de 2025 fueron invitadas firmas especializadas en arbitrajes de inversión a presentar propuestas sobre su experiencia representando Estados, trayectoria ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones —CIADI— y la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional, así como sus posibles estrategias de defensa, equipos profesionales y honorarios.
El contrato establece que, a partir del 1 de junio de 2026, la coordinación de la defensa correspondería a la Dirección de Solución de Controversias y Arbitrajes del Ministerio de Justicia, como consecuencia del traspaso de atribuciones dispuesto por la Ley Orgánica núm. 80-25.
Documentos no identifican al demandante
¿Quién interpuso el arbitraje?
La resolución de adjudicación y las páginas del contrato suministradas para esta información no identifican a la persona o empresa que interpuso el arbitraje, el monto reclamado, la inversión objeto de la controversia ni la institución ante la cual se desarrolla el proceso.
La copia contractual contiene diez páginas físicas correspondientes a la numeración impar de un documento de 19 páginas. Por esa razón, en la documentación disponible tampoco aparece el detalle completo de los antecedentes del conflicto, el objeto íntegro de la contratación ni el calendario específico de pagos.
La resolución ordenó publicar la adjudicación en el portal institucional del Ministerio de Cultura y en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas. El contrato, por su parte, dispone que su perfeccionamiento depende de esa publicación y de su registro en la Contraloría General de la República.
