REDACCIÓN.- El coordinador general de Participación Ciudadana, Francisco “Pancho” Álvarez, consideró que es poco probable que el proceso judicial por la tragedia ocurrida en la discoteca Jet Set sea conocido bajo una calificación jurídica distinta a la de homicidio involuntario, aunque reconoció que el tribunal de fondo tiene la facultad de variar la tipificación penal.
Durante una entrevista en el programa El Despertador, Álvarez afirmó que desde el inicio entendió que resultaría difícil sostener la teoría del dolo eventual planteada por algunos sectores y que la decisión adoptada por el tribunal fue consistente con la acusación presentada por el Ministerio Público.
“Yo les comenté a esas víctimas, mi opinión personal, profesional, si se quiere, en el sentido de que entendía que era muy cuesta arriba, lo del dolo eventual, era muy difícil que eso pudiera prosperar, y eso fue lo que ocurrió en el día de ayer”, expresó.
MP había advertido a los afectados sobre fallo del tribunal
Indicó que el Ministerio Público había adelantado previamente a las víctimas que su posición era que se trataba de un caso de homicidio involuntario, criterio que finalmente fue acogido por el tribunal al momento de conocer la medida de coerción.
“Al Ministerio Público le acogieron la calificación jurídica que dio, pero además todas las pruebas prácticamente que depositó, y lo que se va ahora es a juicio de fondo a examinar esas pruebas”, señaló.
No obstante, explicó que jurídicamente existe la posibilidad de que el tribunal que conozca el juicio de fondo modifique la calificación legal de los hechos si entiende que corresponde una figura penal distinta.
“Bueno, que el propio tribunal de fondo puede cambiarlo. O sea, eso ha ocurrido en algunas ocasiones”, sostuvo.
- En ese sentido, advirtió sobre el riesgo de generar expectativas que luego no puedan materializarse en los tribunales.
“Hay que tener mucho cuidado con esto, porque se crean a veces falsas expectativas. Ya esta gente ha sufrido demasiado”, manifestó en referencia a las víctimas y familiares afectados por la tragedia.
Límites legales en el nuevo Código Penal
Álvarez recordó que la legislación vigente presenta limitaciones para sancionar con mayor severidad hechos de esta naturaleza, aunque destacó que el nuevo Código Penal incorpora disposiciones específicas para los casos de negligencia grave que provoquen múltiples víctimas mortales.
“Esa modificación al Código Penal en esa dirección es un reconocimiento del legislador de que eso no estaba cubierto hasta este momento”, afirmó.
En ese sentido, consideró que lo más probable es que el proceso continúe bajo la figura de homicidio involuntario y que el debate judicial se concentre en la valoración de las pruebas presentadas por las partes durante el juicio de fondo.
A su juicio, lo importante ahora es que, si se producen condenas, se aplique la pena máxima contemplada por la ley y que no se otorguen beneficios que impidan el cumplimiento efectivo de la sanción.