Con la entrada en vigencia del nuevo Código Penal, la sustracción de celulares y otros atracos cometidos desde motocicletas o durante la noche serán considerados robos agravados, con penas que podrían alcanzar hasta 20 años de prisión cuando medie violencia.

Los atracos realizados en vehículos de motor para sustraer celulares, dispositivos electrónicos o piezas de vehículos serán sancionados con penas de entre cinco y diez años de cárcel.

Así lo establece el artículo 225 de la nueva legislación, que también considera agravado el robo cometido durante la noche, en terminales de transporte público o cuando el autor sea empleado de la víctima.

El artículo 226 contempla penas de entre diez y veinte años de prisión cuando el robo esté acompañado de torturas, violencia o amenazas con armas.

La normativa también agrava las sanciones cuando el hecho es cometido por varias personas, contra una víctima vulnerable, sobre bienes del Estado, instituciones benéficas, casas de acogida o centros de asistencia social, así como cuando ocurre en presencia de niños o adolescentes.

El artículo 229 establece que no habrá persecución penal cuando el robo sea cometido contra un descendiente, cónyuge o conviviente, salvo que la pareja se encuentre separada.

Sin embargo, esta excepción no se aplicará cuando los objetos sustraídos sean indispensables para la vida cotidiana de la víctima, como documentos de identidad, seguro médico, pasaporte, carnet de residencia o instrumentos de pago.

El nuevo Código Penal también dispone que la tentativa de robo será sancionada de la misma forma que el delito consumado.

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