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Abinader promulga la modificación de la Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura

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El Consejo Nacional de la Magistratura tiene el cometido de avocarse ahora a conocer y aprobar el reglamento correspondiente para la aplicación de la Ley, y proceder a la escogencia de las máximas autoridades del Ministerio Público, así como las demás funciones pautadas para este año, como son la evaluación de algunos de los jueces de la Suprema Corte de Justicia, así como llenar vacantes disponibles en dicho órgano.

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Santo Domingo. – El presidente de la República, Luis Abinader, ha promulgado en el día de hoy, la Ley núm. 1-25 que modifica la Ley núm. 138-11, del 21 de junio de 2011, Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura.

La referida norma modifica la indicada Ley núm. 138-11, que es la que rige al Consejo Nacional de la Magistratura, a los fines de adecuarla al texto reformado de la Constitución, proclamado el 27 de octubre de 2024, relativo a la escogencia del procurador general de la República y sus adjuntos, así como la nueva composición del Consejo Nacional de la Magistratura.

Como señala la Norma Suprema, a partir de su vigencia el procurador general de la República no será más un funcionario de designación unilateral del presidente de la República, sino que éste debe proponer a una persona que cumpla con determinados requisitos constitucionales al Consejo Nacional de la Magistratura para su aprobación.

Dicho órgano, en el que conviven los demás Poderes Públicos y en el que coexisten las distintas ideas políticas de la nación, puede aprobar o desaprobar su propuesta, así como de 7 procuradores adjuntos.

Del mismo modo la ya promulgada Ley núm. 1-25 recoge la introducción del presidente del Tribunal Constitucional como miembro del Consejo Nacional de la Magistratura y la salida del procurador general de la República, figura que se había introducido en la reforma constitucional de 2010.

El Consejo Nacional de la Magistratura tiene el cometido de avocarse ahora a conocer y aprobar el reglamento correspondiente para la aplicación de la Ley, y proceder a la escogencia de las máximas autoridades del Ministerio Público, así como las demás funciones pautadas para este año, como son la evaluación de algunos de los jueces de la Suprema Corte de Justicia, así como llenar vacantes disponibles en dicho órgano.

Del mismo modo, a partir de julio de este año, debe también conocer de la evaluación y designación de los miembros del Tribunal Superior Electoral.

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