SANTO DONINGO.- El abogado constitucionalista Dr. Fredermido Ferreras Díaz, afirmó que la sentencia contra la diputada, Rosa Amalia Pilarte, constituye un precedente funesto que desacredita a los jueces que la emitieron.
El jurista manifestó que no es posible que se condene a una persona por lavado de activos sin establecer la existencia de un delito previo o anterior, que produjera el dinero sucio que supuestamente se lavó.
“Está sentencia antisoberana se limita a establecer que es lavado de activo producto del narcotráfico sin establecer y condenar a nadie previamente por narcotráfico”, aseveró.
Consideró además que los jueces actuantes en el caso fueron banales y serviles y en tal virtud deben ser destituidos por “entreguistas, abusadores y manipuladores”.
Fredermido Ferreras dijo además que el caso de la esposa del señor Miky López, la diputada María Rosa Pilarte tiene varias aristas y que observa que incluso muchos juristas experimentados están confundidos en sus opiniones.
En ese orden precisó que la jurisdicción que otorga la ley a funcionarios públicos y electos es para que su caso se conozca en única y última instancia y que por tanto las decisiones de ese “tribunal de privilegios” son definitivas e inapelables.
Agregó que esto implica que en el caso de la legisladora, al ser conocido por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia es como un “recurso de casación” más no de “apelación”, es decir que no se busca modificar la sentencia, sino determinar si la ley fue bien o mal aplicada.
Explicó que la estrategia de que la diputada renunciara a su inmunidad parlamentaria para que su caso se conociera en la jurisdicción ordinaria, a fin de que el proceso corra todos los grados de competencia y sea mas largo ahora ya no funciona, pues al emitir sentencia el tribunal se desapodera y su acción recursiva será por la competencia del juez que la dictó, más no por la condición del ahora condenado.
Subrayó que la sentencia existe y solo puede ser atacada ante el Pleno SCJ, aún cuando la señora Pilarte deje de ser diputada.
El jurista concluyó aclarando que si la sentencia es casada con envío, el expediente vuelve a su estado original y ahí sí el nuevo tribunal apoderado debe declinar a la jurisdicción ordinaria y partir entonces de cero.
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