Ángel Lockward: La ley del voto preferente en cuatro artículos viola la Constitución 10 veces

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 Lockward indicó que la Ley del Voto Preferente, viola el artículo 22,   77 y 208, de la Constitución al igual que el artículo 209, cuando dispone que la representación de las minorías políticas se establece mediante el método D Hond: la minoría política tiene garantizada su representación por la Constitución, no por un método de asignación, que en realidad, la elimina. Esa Ley, llena de buena voluntad y de ignorancia absoluta, sobre los sistemas electorales y los métodos de asignación de escaños, viola además el artículo 109 de la Constitución y su Disposición Final, cuando retrasa la elección directa y libre de los regidores, para el 2020, siendo la Constitución y la Ley, de aplicación inmediata, expresó. El sistema electoral consagrado en nuestra Constitución, es de elección libre y directa, a los candidatos, no a través de listas bloqueadas a los partidos y consagra la proporcionalidad que solamente garantiza el método de resto mayor, informó. Es una pena, que la buena intención de los diputados, haya sido destruida por la ignorancia de los sistemas electorales y los métodos de asignación e escaños y, sobre todo, que no haya garantía de eficacia en la justicia constitucional, puesto que la mora del Tribunal Constitucional, de más de 18 meses, cuando la ley 137/11 dispone que deben fallar en un máximo de 4 meses,  anula la efectividad de cualquier acción principal de nulidad de la ley, concluyó.  
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