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Citan una vista de última hora en el caso de Daddy Yankee, su esposa y cuñada

Puerto Rico

La representación del artista, integrada por Carlos Díaz Olivo y Anabelle Torres Colberg, destaca en el documento, analizado por El Nuevo Día, las múltiples gestiones infructuosas que realizaron para tener acceso a los datos sobre las corporaciones El Cartel Records y Los Cangris.

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REDACCIÓN.- El juez superior Anthony Cuevas Ramos, del Tribunal de Primera Instancia de San Juan, convocó este viernes a una vista por videoconferencia, a las 4:00 p.m., en el caso presentado por el artista Daddy Yankee contra su esposa Mireddys González y su cuñada Ayeicha González.

En una moción urgente solicitando desacato, la defensa del artista revela que, contrario a lo ordenado por el tribunal, las hermanas González no comparecieron a la primera reunión que se determinó como parte del acuerdo alcanzado en corte el pasado 19 de diciembre.

“Ninguna de ellas se presentó y sus representantes jurídicos, tampoco estaban preparados debidamente para atender los asuntos que se instruyó que debían atenderse en la reunión. Se adujo inicialmente, que Mireddys González se encontraba indispuesta. Luego se admitió que simplemente no quiso asistir y, en lo que respecta a la Sra. Ayeisha González, sencillamente no le dio la voluntad de asistir y no fue”, indica la moción de ocho páginas.

Asimismo, se alega que las demandadas “ni fueron a la reunión ni tampoco dejaron información o documentos con sus representados para que estos los proveyeran. Resultó evidente, que tanto las ausencias como la falta de información y documentación disponible para entrega puntual, respondió a una estrategia deleznable diseñada para impedir la transición ordenada”.

De igual manera, los abogados del artista indican que, luego de varios llamamientos de la parte suscribiente para que se cumpliera con lo dispuesto por el tribunal, “los representantes de las demandadas optaron por proyectar que hacían gestiones de búsqueda de la información que no tenían disponible para proveer como se les ordenó”.

“Ello luego de afirmar estaban en la casa de a Mireddys y no le dio tiempo por los días de a Navidad o estaban todavía mudando de las oficinas de la calle del Parque, o tantas excusas más. La espera se extendió por espacio de tres horas. El hecho cierto y definitivo es que la parte demandada no estaba preparada ni le interesaba cumplir con la sentencia dictada”, agregaron.

La representación del artista, integrada por Carlos Díaz Olivo y Anabelle Torres Colberg, destaca en el documento, analizado por El Nuevo Día, las múltiples gestiones infructuosas que realizaron para tener acceso a los datos sobre las corporaciones El Cartel Records y Los Cangris.

“Como resultado de la desatención a lo acordado y a lo instruido por el Tribunal, las demandadas y sus representantes, fallaron intencionalmente en colocar a Ayala Rodríguez en posición de asumir el control cierto y responsable de los asuntos, cuentas, activos y registros de las corporaciones y, por consiguiente, de su carrera artística”, agregó el equipo legal.

“Contrario a lo instruido por el Tribunal, las demandadas se han negado a dejar el control en las corporaciones y pretenden apertrecharse y perpetuarse en el cuerpo directivo de las entidades, desde dónde igualmente pretenden controlarle su carrera, continuando así con la interferencia y disloque de la carrera del demandante y cubrir la mala administración de las entidades, luego de haberle burlado su confianza al aquí demandante”, destacaron también los abogados.

La defensa alega que Raymond Ayala Rodríguez, nombre del artista, “continúa a ciegas sobre las corporaciones, la extensión de las obligaciones y limitaciones sobre sus composiciones, libros de contabilidad e incluso cuentas de banco”.

“Más grave, las demandadas, han pretendido con la entrega de las únicas cosas inconsecuentes entregadas, unas contraseñas incompletas y los dos libros corporativos, de inducir a error el Honorable Tribunal y volver a burlar al demandante”, mencionaron.

“Al así obrar, las demandadas han burlado también al Tribunal y nos encontramos, para todo efecto práctico, en la misma posición que cuando se presentó el recurso de injunction ante este Tribunal. Semejante proceder en desacato y burla a la autoridad del Tribunal, no puede permitirse y requiere vindicación inmediata”, destacaron.

La defensa del artista dijo que no puede permitirse que las demandadas continúen “con la estrategia de incumplir deliberadamente con sus obligaciones, responsabilidades y ya la sentencia dictada, para obligar al demandante a recurrir al Tribunal, y luego hacerse “las víctimas” de las consecuencias que estas alegadamente sufren por ventilarse públicamente sus incumplimientos”.

Lo que alegan las hermanas González
Por su parte, la representación legal de las hermanas González presentó una moción en la que alega que la reunión se celebró en las oficinas de la licenciada Pilar B. Pérez Rojas para llevar a cabo lo relacionado a la transición del demandante y la presidencia de las corporaciones.

En el documento, el equipo legal alega que sus representadas no estaban presentes físicamente, pero sí “estaban disponibles vía telefónica”.

“Durante el transcurso de la reunión se entregó a los abogados de la parte demandante los libros y sellos corporativos al igual que varios otros documentos y accesos. Las partes aquí comparecientes continúan buscando información adicional que fue solicitada por la representación legal del demandante, la cual no estaba inmediatamente disponible para entregarse”, dijeron.

Asimismo, mencionaron que, al comenzar la reunión, se hizo patente la confusión “entre la percepción del demandante y su representación legal en cuanto a qué se iba a entregar en la mañana de hoy, ya que las partes aquí comparecientes entendían que la minuta especificaba el que se entregarían los libros corporativos y que se estaría trabajando el proceso de transición, en particular la manera de salvaguardar los $75,000,000.00 que el tribunal ordenó mantener intocables y el límite impuesto por el tribunal de que cualquier transacción mayor de $100,000.00 deberá contar con la autorización de ambas partes para poder hacer el desembolso”.

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