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Código Ética contempla régimen de consecuencias por incorrecta relación entre estudiantes y docentes

MINERD

Este código indica que las relaciones del personal de la escuela con los estudiantes deben ser académicas y de servicio formativo, al tiempo que se prohíbe toda relación que tenga una naturaleza distinta al desarrollo integral de los estudiantes.

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SANTO DOMINGO.- El Ministerio de Educación de la República Dominicana (MINERD), creó un Código de Ética para salvaguardar la integridad y regular las relaciones socio afectivas entre estudiantes y personal de la escuela.

El ministro de Educación, Angel Hernández, a través de la Orden Departamental No. 13-2023, señaló que dicho código contempla un régimen de consecuencias que van desde una amonestación oral, hasta la desvinculación del servidor público.

Asimismo, regularizará las relaciones entre el personal docente y administrativo con los estudiantes del sistema de educación preuniversitario, en sus distintos niveles, modalidades y subsistemas tanto en el sector educativo público como privado.

En ese sentido, señalan que este instruye que los docentes y administrativos que han de relacionarse con los estudiantes en el espacio escolar teniendo en cuenta las disposiciones de la Ley General de Educación 66-97 y el Código para el Sistema de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes Ley 136-03.

Indica que las relaciones del personal de la escuela con los estudiantes deben ser académicas y de servicio formativo, al tiempo que se prohíbe toda relación que tenga una naturaleza distinta al desarrollo integral de los estudiantes.

Igualmente, señala que el uso de las redes sociales y de toda herramienta tecnológica con una finalidad diferente a la formación académica está prohibida para el docente y personal administrativo en su interacción con los estudiantes.
Establece, en ese sentido, que ningún docente o personal administrativo puede relacionarse con los escolares en horario de recreo para tratar temas personales, salvo que se requiera alguna intervención o acompañamiento concreto, en beneficio de la salud integral del educando.

En ese sentido impide que los maestros y cuerpo de la escuela utilicen los horarios de clases o el centro educativo para desarrollar discursos políticos, religiosos, comerciales, de sexualidad o tratar temas personales con los estudiantes.

Código Disciplinario va desde amonestación oral hasta desvinculación.

El régimen establece como primera acción, ante una denuncia, la amonestación oral. Entre las causas que provocan esta amonestación, están referirse a un estudiante o compañero de trabajo con apodos que pueda generar burlas e irrespeto; hacer uso de calificativos que inciten a la discriminación contra el estudiante; no rendir cuentas de sus acciones dentro del espacio escolar; así como respetar el código de vestimenta del centro.

Luego, le sigue una amonestación escrita donde se le indica al docente o personal docente las consecuencias disciplinarias más severas con relación a la sanción anterior.

Además, someter a los estudiantes a violencia psicológica, verbal y física; establecer relaciones con los estudiantes de propósitos distintos al fin académico y formativo; incurrir: en actos de soborno hacia el estudiante; ejercer acoso a uno o varios estudiantes; incitar a la violencia entre estudiantes; así como ser negligente en sus obligaciones e indiferentes ante situaciones de violencia entre estudiante y otro personal.

Le sigue la suspensión de hasta 30 días sin disfrute de sueldo, cuando se evidencia de forma reiterada conductas que encuadran en la falta de consideración o respeto a sus autoridades, pares y compañeros en el desempeño de sus funciones. Además, puede ser suspendido por sospecha de abuso sexual hacia un estudiante, asi como incumplir de forma reiterada de alguna de las obligaciones impuestas por la Ley General de Educación 66-97, el Reglamento del Estatuto Docente, la Ley de Función Pública y el Código de Ética.

Finalmente, este código indica que se recurrirá a la desvinculación cuando el docente o personal administrativo es imputado por delitos contra la dignidad de las personas, su honor y su propiedad, tales como acoso sexual, violaciones, abuso deshonesto y violencia intrafamiliar.

También, el docente será desvinculado del servicio público tras haber embarazado a una alumna o haber sido embarazada por un alumno; hacer uso de provecho propio de las instalaciones, muebles y demás objetos del centro sin autorización; así como resultar condenado por la comisión de un delito.

Este Código de Ética, creado por una comisión que constituyó el mes pasado el ministro de Educación, luego de los acontecimientos en distintas escuelas, entre ellos se recuerda, que un profesor identificado como, Juan Carlos Delgado Marte, de 34 años, fue apresado tras ser acusado de masturbarse en presencia de dos estudiantes de 16 años de edad, mientras les hacía el favor de llevarlas hacia sus casas en su vehículo, en un hecho ocurrido en el municipio de Constanza, provincia La Vega.

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