Los miembros que componen los colegios electorales han iniciado pasada las 5:00 pm el proceso de escrutinio.
Los periodistas de Noticias SIN cubren cómo los miembros de cada mesa inician el proceso de escrutinio.
De acuerdo con el artículo 251 de la ley electoral, terminada la votación, se procederá al escrutinio de los votos, el cual estará a cargo de cada colegio electoral.
El artículo 251 señala que el procedimiento de escrutinio, se procede a abrir la urna y se sacarán de ella las boletas que hubieren sido depositadas, contándolas, para confrontar su número con el de electores que hubieren votado según el listado de electores (padrón electoral).
Hecho el procedimiento de sacar las boletas de las urnas, se pondrán aparte los sobres que contengan las boletas protestadas, y se verificará si el número de estos coincide con el número de declaraciones de protestas que hayan sido presentadas y con las anotaciones hechas al respecto en el acta del colegio electoral. Los sobres que contengan boletas protestadas serán empacados sin abrir.
Luego de sacar las boletas de las urnas y colocar separadas las boletas protestadas, el secretario desdoblará la boleta leyendo en alta voz la denominación del partido, agrupación o movimiento político a que corresponda la boleta y pasará está al presidente, quien la examinará y exhibirá a los demás miembros y delegados presentes.