Conozca los puntos principales del proyecto de ley sobre libertad de expresión y medios audiovisuales

Infracciones graves: Censura, difusión de contenidos suspendidos o emergencias no informadas (multas altas y suspensión de transmisión).

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Conozca los puntos principales del proyecto de ley sobre libertad de expresión y medios audiovisuales

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SANTO DOMINGO -El Proyecto de Ley Orgánica de Libertad de Expresión y Medios Audiovisuales.– SANTO DOMINGO. -El Proyecto de Ley Orgánica de Libertad de Expresión y Medios Audiovisuales, presentado por el Poder Ejecutivo con el apoyo de la Sociedad Dominicana de Diarios, busca regular el ejercicio de la libertad de expresión y los medios audiovisuales en la República Dominicana, alineándose con estándares constitucionales e internacionales.

A continuación, las principales propuestas de una medida que promete una dura discusión pública:

Principios fundamentales

  • No censura indirecta: Prohíbe el uso del poder estatal para presionar o privilegiar medios según su línea informativa (ej.: asignación discriminatoria de publicidad oficial).
  • Transparencia: Garantiza acceso público a los procesos regulatorios.
    Tolerancia a la crítica: Funcionarios y figuras públicas deben aceptar mayor escrutinio.
    Acceso universal: Promueve igualdad de oportunidades para usar medios de comunicación.
    Protección contra violencia: Condena amenazas o intimidaciones a periodistas.

Regulación de medios digitales y plataformas

  • Transparencia algorítmica: Plataformas deben informar cómo priorizan contenidos y permitir auditorías.
  • Debido proceso: Usuarios tienen derecho a apelar restricciones de contenido con notificaciones claras.
  • Identificación de publicidad: Contenido pagado (incluyendo político) debe estar claramente etiquetado.

Protección a grupos vulnerables

  • Niñez y adolescencia: Prohíbe publicidad que explote su credulidad o promueva productos nocivos (alcohol, drogas). Limita contenidos violentos, pornográficos o discriminatorios.
  • Personas con discapacidad: Exige progresivamente accesibilidad (subtítulos, lengua de señas) en programación.

Creación del Instituto Nacional de Comunicación (INACOM)

  • Funciones clave: Supervisar medios audiovisuales y digitales. Sancionar infracciones (multas hasta 200 salarios mínimos). Promover producción audiovisual nacional y pluralismo.
  • Independencia: Sus integrantes no podrán tener conflictos de interés (ej.: vínculos con partidos políticos o medios).

Derechos de rectificación y respuesta

Cualquier persona puede solicitar la rectificación gratuita de informaciones inexactas o agraviantes en un plazo de 15 días. Los medios están obligados a publicar la corrección en las mismas condiciones que la información original.

Régimen sancionador

  • Infracciones graves: Censura, difusión de contenidos suspendidos o emergencias no informadas (multas altas y suspensión de transmisión).
  • Procedimiento: Investigación por la Dirección Ejecutiva del INACOM, con recursos administrativos para los sancionados.

Excepciones a la Libertad de Expresión

Se permite la crítica a funcionarios públicos siempre que sea veraz y de interés general. No se aplica a discursos que inciten a violencia, discriminación o daño a menores.

El proyecto retoma principios de tratados internacionales (Pacto de San José, DUDH) y leyes locales (Ley de Libre Acceso a la Información).

Su enfoque en medios digitales refleja la necesidad de adaptar la regulación a la era digital, aunque podría generar debate sobre equilibrios entre libertad de expresión y control estatal.

Impactaría a plataformas como redes sociales, la independencia de medios y la protección de datos, así como posibles tensiones con sectores que ven riesgos de censura bajo figuras como "transparencia algorítmica".

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