Conozca los puntos principales del proyecto de ley sobre libertad de expresión y medios audiovisuales
Infracciones graves: Censura, difusión de contenidos suspendidos o emergencias no informadas (multas altas y suspensión de transmisión).
Actualizado: 22 de Julio, 2025, 04:55 PM
Publicado: 07 de Mayo, 2025, 11:35 AM
SANTO DOMINGO -El Proyecto de Ley Orgánica de Libertad de Expresión y Medios Audiovisuales.– SANTO DOMINGO. -El Proyecto de Ley Orgánica de Libertad de Expresión y Medios Audiovisuales, presentado por el Poder Ejecutivo con el apoyo de la Sociedad Dominicana de Diarios, busca regular el ejercicio de la libertad de expresión y los medios audiovisuales en la República Dominicana, alineándose con estándares constitucionales e internacionales.
A continuación, las principales propuestas de una medida que promete una dura discusión pública:
Principios fundamentales
- No censura indirecta: Prohíbe el uso del poder estatal para presionar o privilegiar medios según su línea informativa (ej.: asignación discriminatoria de publicidad oficial).
- Transparencia: Garantiza acceso público a los procesos regulatorios.
Tolerancia a la crítica: Funcionarios y figuras públicas deben aceptar mayor escrutinio.
Acceso universal: Promueve igualdad de oportunidades para usar medios de comunicación.
Protección contra violencia: Condena amenazas o intimidaciones a periodistas.
Regulación de medios digitales y plataformas
- Transparencia algorítmica: Plataformas deben informar cómo priorizan contenidos y permitir auditorías.
- Debido proceso: Usuarios tienen derecho a apelar restricciones de contenido con notificaciones claras.
- Identificación de publicidad: Contenido pagado (incluyendo político) debe estar claramente etiquetado.
Protección a grupos vulnerables
- Niñez y adolescencia: Prohíbe publicidad que explote su credulidad o promueva productos nocivos (alcohol, drogas). Limita contenidos violentos, pornográficos o discriminatorios.
- Personas con discapacidad: Exige progresivamente accesibilidad (subtítulos, lengua de señas) en programación.
Creación del Instituto Nacional de Comunicación (INACOM)
- Funciones clave: Supervisar medios audiovisuales y digitales. Sancionar infracciones (multas hasta 200 salarios mínimos). Promover producción audiovisual nacional y pluralismo.
- Independencia: Sus integrantes no podrán tener conflictos de interés (ej.: vínculos con partidos políticos o medios).
Derechos de rectificación y respuesta
Cualquier persona puede solicitar la rectificación gratuita de informaciones inexactas o agraviantes en un plazo de 15 días. Los medios están obligados a publicar la corrección en las mismas condiciones que la información original.
Régimen sancionador
- Infracciones graves: Censura, difusión de contenidos suspendidos o emergencias no informadas (multas altas y suspensión de transmisión).
- Procedimiento: Investigación por la Dirección Ejecutiva del INACOM, con recursos administrativos para los sancionados.
Excepciones a la Libertad de Expresión
Se permite la crítica a funcionarios públicos siempre que sea veraz y de interés general. No se aplica a discursos que inciten a violencia, discriminación o daño a menores.
El proyecto retoma principios de tratados internacionales (Pacto de San José, DUDH) y leyes locales (Ley de Libre Acceso a la Información).
Su enfoque en medios digitales refleja la necesidad de adaptar la regulación a la era digital, aunque podría generar debate sobre equilibrios entre libertad de expresión y control estatal.
Impactaría a plataformas como redes sociales, la independencia de medios y la protección de datos, así como posibles tensiones con sectores que ven riesgos de censura bajo figuras como "transparencia algorítmica".

