¡Cuidado! Por estos delitos electorales puedes ir a la cárcel

La JCE resalta la importancia de denunciar cualquier tipo de delito electoral para mantener la integridad del proceso democrático.

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¡Cuidado! Por estos delitos electorales puedes ir a la cárcel

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SANTO DOMINGO -.– SANTO DOMINGO. -Desde la intimidación hasta la compra de votos durante los comicios electorales, son delitos que se pueden castigar con cárcel, de acuerdo con la Junta Central Electoral (JCE).

A continuación, los delitos y crímenes electorales establecido en la Ley Orgánica 20-23:

1. Obstaculización del Acto de Votar: Los que obstaculicen a cualquier elector en el acto de votar o al dirigirse o retirarse de los colegios electorales (LEY 20-23 ART. 310-10).

2. Falsedades Electorales: Falsedades electorales (LEY 20-23 ART.315-1).

3. Compra de Votos: Compra de votos (LEY 20-23 ART.316-4).

4. Soborno a Electores: Los que sobornaren, en cualquier forma y por cualquier medio, a un elector para inducirle a votar de una manera determinada (LEY 20-23 ART.316-9).

5. Propaganda Política en Recintos: Propaganda política en los recintos (LEY 20-23 ART. 316-15).

6. Compra y/o Venta de Cédulas: Compra y/o venta de cédulas (LEY 20-23 ART. 316-18).

7. Violencia Política contra la Mujer: Violencia política contra la mujer en razón de su género (LEY 20-23 ART. 316-21).

La JCE resalta la importancia de denunciar cualquier tipo de delito electoral para mantener la integridad del proceso democrático.

Para denunciar cualquier irregularidad llama al 809 200 1202 o en visita la fiscalía más cercana

Dianelys Díaz

Dianelys Díaz

Periodista egresada de la UASD. Experiencia en redacción para medios digitales, manejo de redes sociales y creación de contenido.

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