¡Cuidado! Por estos delitos electorales puedes ir a la cárcel
La JCE resalta la importancia de denunciar cualquier tipo de delito electoral para mantener la integridad del proceso democrático.
Actualizado: 23 de Julio, 2025, 05:00 AM
Publicado: 19 de Mayo, 2024, 08:27 AM
SANTO DOMINGO -.– SANTO DOMINGO. -Desde la intimidación hasta la compra de votos durante los comicios electorales, son delitos que se pueden castigar con cárcel, de acuerdo con la Junta Central Electoral (JCE).
A continuación, los delitos y crímenes electorales establecido en la Ley Orgánica 20-23:
1. Obstaculización del Acto de Votar: Los que obstaculicen a cualquier elector en el acto de votar o al dirigirse o retirarse de los colegios electorales (LEY 20-23 ART. 310-10).
2. Falsedades Electorales: Falsedades electorales (LEY 20-23 ART.315-1).
3. Compra de Votos: Compra de votos (LEY 20-23 ART.316-4).
4. Soborno a Electores: Los que sobornaren, en cualquier forma y por cualquier medio, a un elector para inducirle a votar de una manera determinada (LEY 20-23 ART.316-9).
5. Propaganda Política en Recintos: Propaganda política en los recintos (LEY 20-23 ART. 316-15).
6. Compra y/o Venta de Cédulas: Compra y/o venta de cédulas (LEY 20-23 ART. 316-18).
7. Violencia Política contra la Mujer: Violencia política contra la mujer en razón de su género (LEY 20-23 ART. 316-21).
La JCE resalta la importancia de denunciar cualquier tipo de delito electoral para mantener la integridad del proceso democrático.
Para denunciar cualquier irregularidad llama al 809 200 1202 o en visita la fiscalía más cercana

Dianelys Díaz
Periodista egresada de la UASD. Experiencia en redacción para medios digitales, manejo de redes sociales y creación de contenido.
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