BUENOS AIRES.- La defensora general de Argentina, Stella Maris Martínez, pidió que se destituya a dos jueces que dispusieron investigar si se cometió un «homicidio prenatal» al practicarle un aborto legal a una menor de 14 años que había quedado embarazada tras ser violada por su hermano, quien abusaba de ella desde una década antes.
En concreto, Martínez solicitó ante el Consejo de la Magistratura, encargado de nombrar o destituir a los jueces, que se inicie un procedimiento de remoción respecto de Javier Anzoátegui y Luis María Rizzi, para que analice sus conductas por su «mal desempeño».
Según informó este miércoles el Ministerio Público de la Defensa, en septiembre de 2020 el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional 8 de Buenos Aires condenó a un hombre a 35 años de cárcel por el homicidio de otro hombre y por el abuso sexual de su hermana, llevado adelante en varias ocasiones, con violencia y desde que la víctima era muy pequeña.
EL ABORTO ERA LEGAL
Fruto de esos abusos, en 2017 la menor quedó embarazada y la propia adolescente dio a conocer su decisión de ejercer su derecho a la interrupción del embarazo, que se llevó a cabo días después en un hospital público, acompañada de su madre.
Hasta diciembre pasado, cuando se aprobó el proyecto que legaliza el aborto seguro y gratuito hasta la semana 14, la ley disponía que se podía interrumpir la gestación de forma legal si el embarazo era fruto de una violación o corría peligro la vida de la madre.
Durante el juicio en el que fue condenado el hombre, los jueces ordenaron abrir otro proceso para investigar si con ese aborto se cometió un homicidio o un “homicidio prenatal”, medida que según Martínez está fundada en las «convicciones religiosas» de los magistrados e implicó un «claro apartamiento de la legislación vigente».
«SICARIOS O ASESINOS»
Anzóategui interrogó a la madre de la niña sobre cuestiones como las condiciones en las que se realizó la interrupción del embarazo, quién había tomado la decisión, cuál era el nombre del profesional que había realizado la práctica, y finalmente, si el “niño” había nacido vivo.
«Sus preguntas no estuvieron dirigidas a obtener información sobre los abusos sexuales, o siquiera a contener a la madre de la víctima y del victimario; por el contrario, el interrogatorio estuvo orientado a indagar sobre los detalles de la práctica médica», señala la titular del Ministerio Público de la Defensa, institución del sistema de justicia nacional y federal que se encarga de la defensa y protección de los derechos humanos.
Los jueces alegaron que, si bien el hombre condenado cometió “delitos horrendos, incalificables, inauditos”, se había comprobado que, al practicar el aborto, “diversos agentes estatales» habían colaborado, «directa o indirectamente, con la comisión de un delito de similar o mayor gravedad que los crímenes que le merecieron al acusado treinta y cinco años de prisión”.
Consideraron que los médicos que lo realizaron «no actuaron como profesionales de la salud, sino como sicarios o asesinos a sueldo», mientras que la víctima «habría rehuido a sus responsabilidades parentales dando muerte a una niña».
«Para ilustrar su argumento, los magistrados añadieron una fotografía de una porción del feto producto de la violación sufrida por LER (iniciales de la menor), desconociendo así los derechos que le asistían por ser una niña víctima de violencia sexual», reprocha Martínez.
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