Dictan cinco años de prisión a hombre acusado de violencia intrafamiliar en SPM

El Ministerio Público indicó en el expediente acusatorio que, el 4 de octubre de 2021, alrededor de las 8:30 de la noche, en el sector Playa de Muertos de San Pedro de Macorís, Morla Gastón golpeó a su madre y a sus propios hijos en la vivienda que compartían.

San Pedro de Macorís.- El Tribunal Colegiado del distrito judicial de San Pedro de Macorís condenó a cinco años de prisión a un hombre acusado por el Ministerio Público de cometer violencia intrafamiliar, en un hecho ocurrido en el sector Playa de Muertos, de San Pedro de Macorís, en el año 2021.

La condena fue impuesta a Federico Octavio Morla Gastón, quien deberá cumplir la sentencia en el Centro de Corrección y Rehabilitación de San Pedro de Macorís (CCR-11). La decisión fue tomada por los jueces Juan de la Cruz Rijo Güílamo, Bethania del Carmen Conce Polanco y Katerine Santana Mejía, del Tribunal Colegiado de esta provincia.

El Ministerio Público indicó en el expediente acusatorio que, el 4 de octubre de 2021, alrededor de las 8:30 de la noche, en el sector Playa de Muertos de San Pedro de Macorís, Morla Gastón golpeó a su madre y a sus propios hijos en la vivienda que compartían.

Posteriormente, la denuncia del caso fue presentada por familiares del acusado ante la Unidad de Atención Integral a Víctimas de Violencia de Género, Intrafamiliar y Delitos Sexuales de San Pedro de Macorís. Se estableció que Morla Gastón se mostraba de manera recurrente agresivo y que agredía a su familia bajo los efectos de las drogas.

Mediante certificaciones del Instituto Nacional de Ciencias Forenses (Inacif) se pudo determinar que las víctimas presentaban, entre otras lesiones, abrasiones lineales cicatrizadas, antiguas, en el tórax.

En el proceso seguido contra Morla Gastón por los hechos de violencia, el Ministerio Público obtuvo una orden de arresto en su contra, que fue ejecutada el 29 de diciembre de 2021.

El órgano persecutor de los delitos calificó provisionalmente el caso de violencia intrafamiliar como una violación a los artículos 309-2 del Código Penal Dominicano y 396, letras A y B, del Código para la Protección y los Derechos Fundamentales de Niños, Niñas y Adolescentes (Ley 136-03).