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Diputados aprueban proyecto que regula transiciones gubernamentales

La iniciativa aprobada en la Cámara Baja establece que durante el traspaso de mando, las autoridades salientes no podrán ascender ni contratar nueva empleomanía.

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Santo Domingo.–  La Cámara de Diputados aprobó este miércoles, en segunda lectura, el proyecto de ley que regula las acciones de instituciones y funcionarios públicos durante el periodo de transición gubernamental.

La iniciativa del congresista de Fuerza del Pueblo, Omar Fernández, castiga con penas de hasta diez (10) años de prisión el extravío, desaparición u ocultación de cualquier información por algún servidor público.

Omar Fernández, autor del proyecto manifestó que la idea es transparentar la información que entrega el incumbente saliente, dejando claro que recibe el equipo que asume, y evitando que se produzcan actos dolosos una vez pasadas las elecciones que comprometa el erario.

Según el artículo 4 del proyecto, el proceso de transición inicia al cuarto día de la proclama de ganadores por la Junta Central Electoral, y concluye el 16 de agosto con los actos oficiales de traspaso.

La iniciativa aprobada en la Cámara Baja establece que durante el traspaso de mando, las autoridades salientes no podrán ascender ni contratar nueva empleomanía, salvo docentes y/o personal médico, y estará prohibido donar o ceder bienes del Estado, iniciar licitaciones y/o contrataciones que excedan el presupuesto vigente o que comprometa el futuro presupuesto, salvo expresa autorización de la comisión entrante, así como tampoco se podrán iniciar nuevas obras o proyectos.

Para la transición se debe formar una comisión compuesta por los representantes del Ministerio Administrativo de la Presidencia, Ministerio de Hacienda, Ministerio de Economía, Planificación y Desarrollo, Dirección General de Presupuesto, Dirección General de Compras y Contrataciones Públicas, Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones, Sistema de Monitoreo y Medición de la Administración Pública, Procuraduría General de la República, Ministerio de Administración Pública (MAP), y la contraparte de los posibles homólogos o posiciones afines.

La pieza legislativa deberá ser conocida en el Senado de la República una vez sea remitida por la Cámara Baja.

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