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El desorden del transporte público

a alta corte afirma que las rutas del transporte público son de la exclusiva propiedad del Estado, por lo cual no se pueden vender, donar, permutar o fracionar, por terceros.

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SANTO DOMINGO.- En el sector transporte desde hace años vemos escenas propias de la caverna o de una sociedad en la que no existe organización ni estado de derecho.

Choferes con palos, piedras, cuchillo, machete, armas de fuego y toda la rabia del mundo para hacer daño, defendiendo la propiedad de rutas que no le pertenecen.

Hemos visto a taxistas interceptar a conductores, que se manejan con aplicaciones de movilidad,  bajar forzosamente a pasajeros invocando la propiedad de un trayecto.

Hoy nos enteramos del fallo de una acción de amparo del Tribunal Constitucional que rechaza el bloqueo impuesto por la UNACHOSIN a un chofer en la ruta B de San Cristóbal.

La alta corte afirma que las rutas del transporte público son de la exclusiva propiedad del Estado, por lo cual no se pueden vender, donar, permutar o fracionar, por terceros.

Yo aplaudo la sentencia TC-0330-21 y creo que es un importante precedente para organizar ese mercado.

Los carteles del transporte han logrado aquí mucha hegemonía sobre la base de terror, el chantaje, la relación política, el financiamiento de campañas y hasta con su presencia en el Congreso.

Es hora de que alguien afectado se anime a elevar una acción directa de inconstitucionalidad sobre el dominio de las rutas. La teoría ya está expuesta en la acción de amparo.

Hay oportunidades de adecentar ese servicio con competencia y el funcionamiento de los organismos reguladores.

 

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