SANTO DOMINGO.– La imputada Elizabeht Silverio Silien, acusada por el Ministerio Público de estafar a padres valiéndose de la vulnerabilidad de los niños especiales, según el órgano acusador evaluaba a los infantes y los diagnosticaba con condiciones psíquicas, hiperactividad, violencia o trastornos,
Según la solicitud de medida de coerción, como consecuencia de dichos trastornos, Silverio quien se le impusieron tres meses de prisión preventiva le indicaba la aplicación de los programas, conforme al síndrome o limitación físico motora que los niños presentaban, emitiendo informes, recomendaciones, referimientos a profesionales de la salud, lo cual hacía constar en documentaciones utilizando hojas con timbrado y el logotipo Centro de Terapias Neurocognitivas y Psicopedagógicas, Knowledge Land Kogland, firmados por la misma imputada con sus sigas PHD, Elizabeth Silverio Ma. Neurociencias Cognitivas, MA.
«Conteniendo estos su rúbrica e impregnado sello con un supuesto número de exequatur, sin estar acreditada, ni avalada por los organismos de Educación y Salud correspondientes, poniendo en riesgos la salud física, psíquica y mental de los niños que los padres y tutores inscribieron en dicho centro por absoluto desconocimiento de que la imputada no contaba con calificación, habilitación y capacidad profesional para el manejo y aplicación de psicoterapias a los niños en condiciones de vulnerabilidad», explica el documento.
En el allanamiento que se le hizo a Silverio se encontraron recibos de los montos que cobraba por concepto de evaluación cognitiva, por RD$12,500, también se halló un listado de 14 nombres con diferentes montos saldados, los que oscilan de cinco mil a veinte mil pesos dominicanos, programa Neuroterapeutico, del 07/02/2020, a nombre del menor de edad R.A. con una descripción de costos de intervención mensual de quince mil pesos, intervención anual ciento ochenta mil pesos.
El Ministerio de Salud Pública, institución que interpuso la querella, posee una certificación que establece que el exequatur No.667709 que utilizaba la acusada para operar no existe. Además de esa institución, once padres se querellaron.
En la instancia se depositó una certificación del Ministerio de Educación Ciencia y Tecnología (Mecyt), en el que se confirma que la acusada no es egresada de la carrera señalada como Psicóloga Escolar Educativa; tampoco del Ministerio de Educación la había autorizado a impartir docencia.
Detalla también que entre los documentos se incautaron varios diplomas enmarcados de dos universidades de Florida.
Entre las tipificaciones a los delitos que se le atribuyen a Elizabeth Silverio Sillien se cita el artículo 93 de la Ley General de Salud 41-02, que dispone que «los dominicanos graduados en universidades extranjeras, en cualquier área de la salud, solo podrán ejercer en la República Dominicana una vez haya revalidado el título correspondiente y el Poder Ejecutivo les haya otorgado el exequatur de acuerdo a la ley.
Según lo que manda el artículo 156 de la Ley 42-01, el cual habría violado también Elizabeth Silverio, esta podría enfrentar una pena de hasta 10 años de cárcel.
«Se consideran crímenes y serán sancionados con penas de dos (2) a diez (10) años de reclusión o multas que oscilarán entre veinticinco (25) y cincuenta (50) veces el salario mínimo nacional establecido por la autoridad legalmente competente para ello o por la ley» las infracciones que desglosa esa parte de la normativa y que incluye el párrafo 7, del cual se acusa a la imputada.
«Ejercer cualesquiera de las profesiones dentro de las ciencias de la salud, sin tener el título universitario o de educación superior que lo acredite para tales funciones, o por carecer del exequatur expedido por el Poder Ejecutivo», dice textualmente la normativa.
También el artículo 405 del Código Penal sobre estafa, otro de los delitos que supuestamente infringió la susodicha mujer contempla «prisión correccional de seis meses a dos años».
Igualmente habría incurrido en actuar no conforme a lo que dispone el artículo 92 de la Ley 41-02, que establece que «para el ejercicio profesional en ciencias de la salud y profesiones afines, será necesario haber obtenido el título o grado correspondiente, otorgado por una universidad nacional reconocida por el Estado, y obtener el exequatur del Poder Ejecutivo».
En la solicitud de coerción, la fiscalía pidió arresto domiciliario en su domicilio propio y una garantía económica de 500 mil pesos por contrato con una aseguradora, pero la jueza Fátima Veloz le impuso prisión a ser cumplida en el centro correccional Najayo-Mujeres, al acoger el pedido de los abogados de los padres querellantes y del Ministerio Público, quienes alegaron peligro de fuga.
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