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Batalla Electoral 2024

Fijan fecha para conocer juicio preliminar contra diputado Gregorio Domínguez

El Ministerio Público asegura que la acusación la acompañan diversas pruebas testimoniales, documentales, ilustrativas o demostrativas.

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Santo Domingo.- Será el primero de marzo a las 9 de la mañana cuando el diputado por la provincia Santiago, Gregorio Domínguez, deberá presentarse ante la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia para la apertura de juicio preliminar en su contra acusado de violación a la propiedad privada.

El Ministerio Público presentó acusación formal ante la Suprema Corte de Justicia en contra del legislador oficialista el pasado 8 de febrero.

La acusación presentada por el procurador adjunto Rafael Suárez Pérez y el procurador de corte Melquiades Suero señala que Domínguez violó los artículos 24 y 25 de la Ley 396-19, que regula el otorgamiento de la Fuerza Pública y el artículo 1 de la Ley 5869, sobre Violación de Propiedad en perjuicio de Lucila Nelly Capellán Luna.

En torno al hecho, el expediente señala que alrededor de las 10:00 de la mañana del 27 de mayo de 2020, los señores Basilio Catalino Martínez (Jaime) y Emmanuel de Jesús Williams Molina, empleado del imputado el primero y chófer de la retroexcavadora el segundo, se presentaron por instrucciones del imputado Gregorio Domínguez, a la comunidad Punta Rucia, de Estero Hondo, Puerto Plata, donde la víctima Capellán Luna construía su vivienda.

Explica que una vez en el lugar, Catalino Martínez y Williams Molina procedieron, sin las debidas formalidades de la ley y por orden y con la participación del imputado, al desalojo, destrucción y posterior demolición de la vivienda levantada por la víctima, la cual estaba en etapa de construcción a nivel de techo.

El Ministerio Público le atribuye al legislador, en calidad de autor, la comisión de los tipos penales ejecución de medidas ejecutorias y conservatorias inobservando el procedimiento de ley, tomar participación o requerir la ejecución de un embargo o medida conservatoria sin título ejecutorio e introducirse a una propiedad inmobiliaria sin permiso del dueño, arrendatario o usufructuario.

El Ministerio Público asegura que la acusación la acompañan diversas pruebas testimoniales, documentales, ilustrativas o demostrativas.

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