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Fundamentos en los que se basó el Tribunal para dictar condena a la diputada Rosa Amalia Pilarte

lavado de activos

Por las acciones citadas anteriormente la  PGR, entendió que dichos hechos se encuentran tipificados en los artículos 3 numerales 1, 2 y 3; y 9 numerales 1 y 2 de la Ley núm. 155-17, contra el Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo, como también en el artículo 3 literales a y b; 18 y 21 literales a y b de la anterior Ley núm. 72-02.

Diputada Rosa Amalia Pilarte condenada a 5 años de prisión/ Fuente externa

Santo Domingo.-La Segunda Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia, condenó a 5 años de prisión a la diputada de la provincia de La Vega, Rosa Amalia Pilarte, por lavado de activos, para dicha sentencia el órgano se sustentó de los siguientes elementos.

En primer lugar el juzgado se basa en los hechos que se le imputan a Pilarte, la Procuraduría General de la República la señala de obrar con pleno conocimiento para adquirir productos bancarios y utilizarlos para colocar valores millonarios en el sistema financiero nacional, producto de un amplio circuito de lavado de activos con la finalidad de ocultar el origen real de fondos procedentes del tráfico ilícito de drogas de una red criminal.

En ese mismo orden, a la imputada se le acusa de haber adquirido múltiples inmuebles los cuales en conciencia con sus actos y con el fin de ocultar la real propiedad, transfirió en su mayoría a nombre de una persona jurídica, en algunos casos por un precio de venta que difieren mucho de su valor de mercado, es decir, precios irrisorios.

Por las acciones citadas anteriormente la  PGR, entendió que dichos hechos se encuentran tipificados en los artículos 3 numerales 1, 2 y 3; y 9 numerales 1 y 2 de la Ley núm. 155-17, contra el Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo, como también en el artículo 3 literales a y b; 18 y 21 literales a y b de la anterior Ley núm. 72-02.

Otro de los fundamentos en los que se basó el Tribunal fue la solicitud de exclusión probatoria y pruebas principales que fueron valoradas, es decir el órgano ponderó todas los elementos incorporados al juicio oral otorgándole un valor distinto a los hechos de cargo, en los que señalan como primordial “El Informe de investigación y Análisis Financiero de la acusada y sus respectivos soportes.

La Segunda Sala, además se sustentó en los “Hechos probados”, dígase  analizando y recopilando los indicios, especialmente aquellos  relacionados con las relaciones comerciales del entorno familiar de la acusada, su comportamiento financiero y el origen de los valores que se movilizaron a través de sus productos bancarios.

Según el Tribunal, las pruebas extraídas y el comportamiento financiero de Rosa Pilarte, coinciden con el modus operandi de las organizaciones criminales que se dedican a este tipo de infracciones.

El órgano,  indicó además que tras dichos indicios ser debidamente probados por la Procuraduría General de la República, esto permitió que pudieran concluir en la acusación que la acusada adquirió productos bancarios y los utilizó para colocar valores millonarios en el sistema financiero nacional, a sabiendas de su origen ilícito, comúnmente mediante transacciones en efectivo.

Por dichos fundamentos citados anteriormente, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia, dictó la sentencia este martes en contra de Rosa Amalia Pilarte, cuya prisión será cumplida en el Centro de Corrección y Rehabilitación Rafey Mujeres.

Sobre la sentencia

Pilarte deberá pagar la multa de 200 salarios mínimos y se le decomisarán sus bienes.

El Tribunal, ordenó el decomiso a favor del Estado dominicano de los siguientes bienes, entre ellos una porción de terreno con una extensión superficial de 3,081.41 metros ubicado dentro de la parcela núm. 157 del Distrito Catastral núm. 29 del municipio de La Vega y otros inmuebles más.

A la par al juicio de fondo a Pilarte, son judicializados en la provincia La Vega, el esposo de la diputada, Miguel Arturo López Florencio (Micky López) y dos hijos de ambos

La acusación de la Procuraduría Especializada Antilavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo y la Fiscalía de La Vega señala a supuesta una red criminal de testaferros y prestanombres, que lideraba Miguel Arturo López Florencio (Miky López) y su esposa Rosa Amalia Pilarte López.

Los miembros de la Suprema obtemperaron a las solicitudes de los abogados Juan Estévez Pérez de la Rosa, Luis Leonardo Félix Ramos y Amado Gómez Cáceres, defensas de Pilarte solicitaron absolver a la acusada al alegaron que las pruebas presentadas por el Ministerio Público no prueban que los bienes y las transferencias desde las cuentas de la congresista sean de origen ilícito.

Lectura integra fue fijada para el 19 de junio a las 11: 00 de la mañana.

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