Gobierno emite decreto que deroga pago de ITBIS a plataformas digitales

Servicios de intermediación: Plataformas que facilitan la entrega de bienes o servicios, como Uber, Airbnb, y otras similares, deberán aplicar el ITBIS sobre las comisiones que cobran, así como sobre el monto total del servicio final, si este último está gravado.

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Santo Domingo.– Santo Domingo.- El Gobierno dominicano derogó este lunes 3 de marzo, mediante el Decreto 107-25, el Decreto 30-25 del 17 de enero de 2025, que regulaba la percepción y aplicación del ITBIS en los servicios digitales consumidos en el país y prestados por proveedores del exterior.

El anuncio fue realizado por Homero Figueroa, director de Estrategia y Comunicación de la Presidencia de la República. Con esta medida, el Poder Ejecutivo deja sin efecto el reglamento que establecía el cobro del impuesto a estas plataformas digitales.

El Decreto 107-25, firmado por el presidente Luis Abinader, establece en su artículo 1 la derogación del Decreto 30-25 y en su artículo 2 ordena su notificación a las instituciones correspondientes para su conocimiento y ejecución.

La disposición fue emitida en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, a los tres días del mes de marzo de 2025.

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