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La Ley de incentivo fronterizo

En torno a la ley y su posible extensión, el ingeniero Pedro Brache, presidente del CONEP, advierte que la misma no ha llenado todas la expectativas que generó, ya que se han estado violando las normas que establece lo que ha dado lugar a una situación de competencia desleal

Mario Rivadulla

En un reciente acto efectuado en la ciudad de Montecristi, donde se concentra la mayor cantidad de empresas creadas y que operan al amparo de los incentivos especiales otorgados por la ley 28-01, varios legisladores y entidades de las provincias fronterizas solicitaron del Ministro de Industria, Comercio y Mipymes, Nelson Toca Simó, convertirse en vocero de las mismas ante el Presidente Danilo Medina para que extienda la vigencia de la misma, ya próximo a vencerse el plazo de veinte años que dio origen al régimen especial de que disfrutan.

En torno a la ley y su posible extensión, el ingeniero Pedro Brache, presidente del CONEP, advierte que la misma no ha llenado todas la expectativas que generó, ya que se han estado violando las normas que establece lo que ha dado lugar a una situación de competencia desleal.

Al respecto, el líder de la cúpula empresarial, señala que hay empresas que sobrepasan el perímetro de seis kilómetros cuadrados tal como establece la legislación. Otras, cuya producción se destina al mercado local en vez de a exportación, originando una competencia desleal en base a los privilegios fiscales de que disfrutan frente a las demás empresas que, por el contrario, están obligadas a honrar todas las cargas tributarias establecidas.

No es la primera vez que se produce este tipo de queja. Ya en varias ocasiones anteriores, las empresas que operan dentro del sistema normal, sin ningún tipo de incentivo ni exención, han levantado su voz para externar la misma queja.

Obviamente esto no debe servir de obstáculo para que la ley deje de surtir efectos con el riesgo de que empresas ya establecidas puedan levantar vuelo buscando nuevos incentivos en otras latitudes. Y que desistan otras que pudieran estar evaluando la posibilidad de establecerse en las provincias fronterizas.

Ahora bien, si es preciso que tal como reclama Brache, haya un cumplimiento estricto de las normas fijadas en la ley y que las empresas que se desenvuelven a su amparo se ajusten a las mismas.

El propósito de esa legislación es estimular el establecimiento y arraigo de empresas en la frontera con la finalidad de crear puestos de trabajo y contribuir al desarrollo de la misma, pero no puede servir de subterfugio para competir dentro del mercado local en condiciones de privilegio. Su producción exonerada de cargas fiscales debe ser destinada a la exportación, y aquella porción de la misma que sea llevada al mercado nacional debe hacerlo ajustándose a los mismos requerimientos que deben cumplir las demás que no disfrutan de incentivos ni exenciones impositivas. El control en este sentido debe ser aplicado con la máxima rigurosidad.

Estamos contestes de que es preciso contribuir al desarrollo de las provincias fronterizas creando fuentes de empleo, fomentando el colonato, desarrollando su potencial de riqueza y creando condiciones de vida propicias para sus moradores. Pero tal no puede hacerse en detrimento de los demás, ni en violación a las leyes del mercado y de las justas y sanas normas de competencia leal. En este caso vale aplicar el principio de que lo que es igual no es ventaja.

Tan sencillo como eso.

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