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Ley de Ordenamiento Territorial es un "disparate y un engaño", según director de la Mancomunidad del GSD

"El ordenamiento territorial impacta un derecho fundamental que es la propiedad privada, si no hay una normas previas yo no te puedo limitar el uso de un derecho fundamental y eso solamente se hace mediante una norma", explicó

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SANTO DOMINGO.- Para Waldys Taveras, director de la Mancomunidad  del Gran Santo Domingo, la Ley núm. 368-22, de Ordenamiento Territorial, es un «disparate y un engaño al ciudadano», debido a que según él, esas normas «no ordena nada»y demuestra la sobre legislación dominicana.

«No han hecho nada y han engañado a los ciudadanos, de hecho yo deposité mi recurso de inconstitucionalidad contra esa ley que faculta al Consejo de Ministros a aprobar instalaciones y uso de suelo y construcciones que de manera señala, no van a necesitar permiso municipales», sostuvo Taveras entrevistado en el programa El Despertador al cuestionarle que porqué entonces su partido lo ha vendido como un gran orgullo y éxito.

Dijo que en el país no se va a poder organizar el tránsito si no se reúnen el Ministerio de Medio Ambiente, Obras Públicos y alcaldes para resolver el problema fundamental.

«Y lo digo por ejemplo en el Gran Santo Domingo pasa lo mismo que en el Este, tu sales desde San Pedro te monta en la Autovía del Este pero te pasa por cinco municipios distintos, pero tú encuentras una serie de ocupaciones informales que afectan el ambiente y lo visual te genera una mala percepción con los turistas que llegan, pero si no se pueden juntar los ministros con los alcaldes. y los alcaldes de manera humilde aceptar que tienen que tener decisiones y normas comunes, el país va a seguir en un caos», comunicó.

«Esta ley lo único que dice es Ministerio de Economía Planificación y Desarrollo haga un plan de ordenamiento territorial nacional, pero esta ley la de Medio Ambiente en su artículo 30 dice eso desde el año 2000, lo único que en ves de ser el ministerio, es al secretariado tecnico de la presidencia». Le dicen a los ayuntamientos hagan un plan de ordenamiento territorial, señores desde el año 1963 se promulgó la ley de planificación urbana y dice que cada ayuntamiento esa oficina técnica debía hacer un plan de ordenamiento, y esta ley repite lo mismo».

Agregó que en lugar del ayuntamientos serían el Consejo de Ministros, entonces comienza un proceso de inconstitucionalidad, además le quita el derecho fundamental que tienen los ciudadanos de conocer qué se va hacer en su territorio.

«Por ejemplo tuvimos un problema con una barcaza en Azua reciente, si eso no va al ayuntamiento, los ciudadanos de Azua se iban a  enterar que le pusieron una barcaza después que tuvieran ahí. Nosotros en la municipalidad tenemos una debilidad institucional porque no tenemos contrapeso, que es que desde la municipalidad la oposición tiene que jugarle ese papel el contrapeso constructivo, acciones como esta pasa porque el PRM es mayoría en el Congreso y como aquí no hay partidos políticos sino maquinaria electorales», comentó.

Taveras dijo que una ley de ordenamiento territorial impacta el territorio, «y en las agrupaciones políticas se pretende gobernar el territorio, entonces ordenar ese territorio una ley de esa magnitud debió haber un pronunciamiento de cada dirección del partido político, porque eso es el espacio que ellos pretenden gobernar».

El experto expresó que el ordenamiento territorial impacta un derecho fundamental que es la propiedad privada, que si no hay normas previas no se puede limitar el uso de un derecho fundamental y que eso solamente se hace mediante una norma.

El director de la Mancomunidad expuso, «aquí cada alcalde quiere tener su propia norma, no lo manda al consejo o lo decide el director de planeamiento urbano, y lo hace en función de interés político». «en esta ley se hizo todo para que en 117 artículos tener 82 que son solo artículos de definiciones técnicas y teóricas».

Manifestó que estos cambios tienden a beneficiar a un sector, debido a que establece que para un ayuntamiento tener planeamiento urbano son solo los que tengan más de 15,000 habitantes, y que antes la ley 176 decía que cada ayuntamiento tenía que contar con su oficina.

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