Hace ya varios meses que quería reseñar el último libro de Reynaldo Ramos Morel, Ensayos remozados: dilemas procesales. El autor, destacado descendiente de la ilustre estirpe jurídica del gran magistrado y maestro Juan A. Morel, es uno de los últimos brillantes juristas generalistas, con una exitosa práctica profesional y académica que abarca las más diversas áreas del derecho: civil, procesal, comercial, inmobiliario, penal, contencioso administrativo, arbitraje, laboral, tributario, negocios y contencioso administrativo.
La obra en comento compila, actualizados, una serie de trabajos publicados en la prensa desde 1989 y algunos artículos inéditos, sobre diversos temas, mayormente en el área procesal civil, que plantean “dilemas procesales” en ese estilo propio del autor que podríamos llamar “la dogmática jurídica como urticaria” -en referencia al mismo concepto avanzado por Carlos Alberto Montaner sobre el periodismo- y que el magistrado presidente del Tribunal Constitucional, Napoleón Estévez Lavandier, atinadamente define como “su sencillo pero fiero estilo de escribir y disertar, sea como autor, sea como docente, abogado o tuitero”.
Ramos Morel, al igual que este columnista y la gran mayoría de los graduados hasta muy recientemente, pertenecemos a la generación de abogados que nos formamos en la universidad y en la práctica bajo la influencia francesa y en el ámbito del derecho privado, en particular, del derecho civil, que ha sido por siglos nuestro derecho común. Hemos sido felices juristas integrados y colonizados jurídicamente por la Francia de los Mazeaud, Josserand, Starck y compartes, que solo ahora comenzamos a emanciparnos y renacer, reciclados y rejuvenecidos, en este nuevo mundo jurídico del precedente anglosajón, la casación hispánica, el amparo, el derecho administrativo iberoamericano, y el proceso penal acusatorio.
Comparto muchas de las opiniones del autor, en particular su visión del “petit referé”, que permite “la suspensión transitoria de la ejecución provisional de la decisión apelada” y que “va en consonancia con los mejores intereses de una buena administración de justicia, de una tutela judicial efectiva y diferenciada de los derechos en juego” y, añado, con la conceptuación del referimiento como una acción de garantía fundamental implícita, que es hermana o prima hermana del amparo y del habeas corpus, en tanto procesos sumarios y urgentes de tutela de derechos.
Estudiantes y profesionales del derecho debemos aprovechar este potosí doctrinario que son estos ensayos de Ramos Morel para aprender derecho, pero, sobre todo, para saber lo que es ejercer el derecho y la dogmática como ciencias críticas. Sólo hay que ver las duras críticas al régimen de las medidas cautelares en el contencioso administrativo que hace el autor y donde anota “que si bien no da para mucho, podría extenderse un poco más su radio de acción, obrando con cierta inteligencia y arrojo”, para entender como la dogmática se nutre de la práctica y esta última de la primera. Aquí hay que concordar con René Chapus, citado por el autor, cuando señala que “el signo exterior de una buena justicia es la excelencia de sus procedimientos de urgencia”.
Ojalá esta magnífica obra de Reynaldo Ramos Morel entusiasme a otros juristas a seguir explorando el procedimiento civil y el derecho procesual -como derecho común y comparado del proceso justo- más allá del simple, árido y práctico legalismo procedimental y bajo la luz de los principios constitucionales del debido proceso.
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