Santo Domingo. – El Ministro de Administración Pública, Sigmund Freund Mena, y el director de la Dirección General de Información y Defensa de los Afiliados a la Seguridad Social (DIDA), Elías Báez, firmaron la Circular No. 004477 que instruye a las oficinas de Recursos Humanos de todas las instituciones públicas a coordinar con la DIDA las orientaciones a los servidores del Estado sobre sus derechos y beneficios en materia de seguridad social.
Asimismo, las entidades deberán gestionar la capacitación de su personal a través de los canales oficiales de la DIDA, asegurando una formación clara y efectiva sobre sus derechos y opciones en materia de seguridad social.
En materia de pensiones, se establece el compromiso de velar por el reconocimiento de los derechos adquiridos de aquellos empleados públicos que actualmente cotizan en una Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) y que califican, según lo dispuesto en la Ley No. 379-81, para retornar al Sistema de Reparto Estatal. Esto les permitirá acceder a una pensión garantizada por el Estado dominicano.
Con esta iniciativa, el MAP y la DIDA refuerzan su compromiso con la protección social de los servidores públicos, asegurando que cada trabajador conozca y ejerza plenamente sus derechos dentro del sistema de seguridad social del país.
Sobre el proceso de solicitud de traspaso de una AFP al Sistema de Reparto Estatal
Para poder acceder al traspaso de una Cuenta de Capitalización Individual (CCI) al Sistema de Reparto Estatal, los servidores públicos deberán contar con al menos 20 años de labor y haber alcanzado una edad mínima de 60 años o 35 años en la administración pública sin importar la edad y haber estado afiliado al Sistema de Reparto gestionado por la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones a Cargo del Estado (DGJP) previo al inicio del Seguro de Vejez, Discapacidad y Sobrevivencia (SVDS), implementado el 1 de junio de 2003.
Los interesados deben presentar una solicitud voluntaria de traspaso de CCI (Administradora de Fondos de Pensiones) a Reparto a través de la Dirección General de Información y Defensa de los Afiliados (DIDA), entidad que se encargará de canalizar el caso ante los organismos competentes.
La evaluación de las solicitudes está a cargo de una comisión interinstitucional conformada por la DIDA, la Superintendencia de Pensiones (SIPEN), Dirección General de Jubilaciones y Pensiones a Cargo del Estado (DGJP), y la Asociación Dominicana de Administradoras de Fondos de Pensiones (ADAFP). Esta comisión verifica el cumplimiento de los requisitos y determina la procedencia del traspaso de acuerdo a lo establecido en las resoluciones 572-07 y 579-02 del Consejo Nacional de la Seguridad Social (CNSS).
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