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Solicita prisión preventiva contra comunicador implicado en agresión sexual

Ministerio Público

El Ministerio Público ha calificado el hecho de manera provisional de violación a los artículos 330 y 333, letra F, y 333-2, del Código Penal Dominicano, modificada por la Ley 24-97, que tipifican y sancionan la agresión sexual.

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PUERTO PLATA (República Dominicana).- El Ministerio Público de Puerto Plata solicitó la imposición de prisión preventiva, como medida de coerción, contra el comunicador Gabriel Domínguez, implicado en agresión sexual, en el municipio Sosúa, de esta provincia.

La instancia con la solicitud de medida de coerción fue depositada en la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente de Puerto Plata, cuya audiencia fue fijada para este lunes 28 de agosto.

Carmen Daynisa Rosario, fiscalizadora adscrita a la Unidad de Atención a Víctimas de Violencia de Género, Intrafamiliar y Delitos Sexuales de la Fiscalía de Puerto Plata, establece en la solicitud de medida de coerción que dos víctimas, cuyos nombres se omiten para proteger su identidad, contactaron al supuesto agresor tras una publicación en las redes sociales de Instagram y Facebook, donde se ofertaba un empleo de secretaria en un canal de TV.

Indica que cuando una de las jóvenes se presentó a la cita laboral en el canal de TV, este aprovechó para quedarse a solas en ese momento con la víctima, quien se puso muy nerviosa y temerosa por el accionar del imputado al encerrarla en la oficina junto con él y hacerle una serie de preguntas, además de que la amenazó, advirtiéndole “que ella era la que sabía si iban a salir los dos de ese lugar o si iba a salir él solo”, por lo que la joven se vio en la necesidad de cumplir todo los caprichos del imputado con el fin de salvaguardar su vida.

En tanto que a otra de las afectadas el día de la cita laboral el imputado le dijo “que le haría 10 preguntas para romper el hielo”, ya que estaba muy nerviosa. Las preguntas que le hizo el imputado eran intimas, motivo por el cual la víctima se incomodó y le manifestó que eso no tenía nada que ver con un ámbito laboral, advirtiéndole el imputado que, si no respondía a sus preguntas, le iba a poner retos, a lo que ella se negó. Luego la joven se fue y él la llamó para decirle que el trabajo era para ella, por lo que esta se presentó al trabajo en horario normal, pero se sentía mal, ya que su jefe, el imputado Gabriel Domínguez, la acosaba y le decía palabras ofensivas y obscenas.

El Ministerio Público ha calificado el hecho de manera provisional de violación a los artículos 330 y 333, letra F, y 333-2, del Código Penal Dominicano, modificada por la Ley 24-97, que tipifican y sancionan la agresión sexual.

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