x
Batalla Electoral 2024

Ordenan eliminar obstáculos para acceso a fondos de pensiones de fallecidos

Mediante la resolución No.516-05, ordenan a la Superintendencia de Pensiones (Sipen) simplificar el proceso que se debe realizar para el acceso a los fondos de pensiones por los familiares beneficiarios de fallecidos.

Imagen sin descripción

SANTO DOMINGO.- Mediante la resolución No.516-05, ordenan a la Superintendencia de Pensiones (Sipen) simplificar el proceso que se debe realizar para el acceso a los fondos de pensiones por los familiares beneficiarios de fallecidos.

La decisión fue emitida por el ministro de Trabajo y presidente del Consejo Nacional de la Seguridad Social (CNSS), Luis Miguel De Camps, quien dijo facilitar a los herederos de dichos fondos para que tengan acceso a los mismos. Igual con el pago del impuesto de sucesión obligatorio para los fines.

Asimismo, emitió la resolución No.516-06 que ordena a la Dirección de Pensiones del Ministerio de Hacienda asumir las 44 personas pensionadas que pertenecían al Instituto Dominicano de Seguridad Social (IDSS), así como cualquier otro pensionado en igual situación.

El documento 516-05 ordena a la Sipen eliminar el tercer párrafo del acápite h, del artículo 9 de la resolución 306-10, que expone cada uno de los pasos a seguir y que impedían la eficientización del proceso.

Expone, además, en su segundo párrafo la invalidez de cualquier resolución emanada por la Sipen que sea contraria a lo dispuesto en la Ley 87-01, sobre Seguridad Social.

La presente resolución fue emitida luego de que la Asociación Dominicana de Administradoras de Fondos de Pensiones (Adafp) sometiera al Consejo una solicitud relativa a la revisión de algunos aspectos de la resolución del CNSS No. 369-02 que establece el Contrato Póliza. Esta solicitud fue remitida por el CNSS a la Comisión Permanente de Pensiones (CPP) mediante la Resolución No. 512-03 del 20 de enero del presente año 2021.

Finalmente, la resolución 516-05 instruye a la Gerencia General del Consejo Nacional de la Seguridad Social a notificar la misma ante las entidades del Sistema Dominicano de la Seguridad Social (SDSS) y todas las partes involucradas.

Comenta con facebook