Aunque la prohibición ya existía, el presidente Abinader impulsó en 2024 una profunda reforma constitucional que selló definitivamente el límite de reelección.
Presidente Luis Abinader y Danilo Medina.
Santo Domingo.– La reelección presidencial en la República Dominicana ha sido históricamente un "talón de Aquiles" de su sistema político, reflejando una constante tensión entre la estabilidad y las ambiciones de permanencia en el poder. La actual limitación (dos períodos y nunca más) es un intento de poner fin a ese ciclo.
La discusión sobre una posible nueva candidatura presidencial de figuras políticas como Luis Abinader y Danilo Medina volvió al debate público. Sin embargo, el marco constitucional vigente establece límites claros. Ambos están legalmente impedidos de volver a postularse al cargo de presidente o vicepresidente de la República.
La restricción está contenida en el artículo 124 de la Constitución, reformada en 2024, que establece que un presidente puede optar por un solo segundo período consecutivo, pero luego de culminarlo queda impedido de aspirar nuevamente.
“El Presidente o la Presidenta de la República podrá optar por un segundo período constitucional consecutivo, y no podrá postularse jamás al mismo cargo ni a la Vicepresidencia de la República”.
Danilo Medina gobernó durante el 2012-2016 y 2016-2020. Este último fue posible tras la reforma constitucional de 2015, que abrió la puerta a su repostulación inmediata. Con ello, Medina agotó la totalidad de los períodos permitidos y quedó inhabilitado de forma permanente para volver a competir electoralmente por la jefatura del Estado.
En tanto, el presidente Luis Abinader está actualmente en su segundo mandato consecutivo (2024-2028) tras su reelección. Al concluir este período no podrá aspirar a la Presidencia, ni a la Vicepresidencia, ni en ningún proceso electoral posterior.
Bajo la dictadura de Rafael Leónidas Trujillo, la Constitución fue meramente un instrumento a disposición del dictador. Las reformas constitucionales para permitir o prohibir la reelección eran rutinarias y se hacían a conveniencia, garantizando que el poder nunca saliera de su círculo. Este período sentó un precedente de manipulación constitucional para perpetuarse.
El Dr. Joaquín Balaguer, aunque en un contexto democrático, dominó la política posterior a la Guerra de Abril. Durante sus gobiernos, la Constitución fue reformada en varias ocasiones para permitir su reelección:
• 1966: La Constitución inicial permitía la reelección indefinida.
• 1994: El "Pacto por la Democracia". Tras la crisis electoral de 1994, que puso en duda la transparencia de su reelección, se firmó este pacto histórico.
La reforma resultante prohibió la reelección sucesiva (limitación a un solo período) e introdujo la figura de las elecciones separadas (presidenciales, congresuales y municipales), buscando reducir la concentración de poder.
Esta limitación de un solo período (establecida en 1994) duró poco. En 2002, bajo la presidencia de Hipólito Mejía (PRD), se impulsó una reforma constitucional que rehabilitó la reelección presidencial para un segundo período consecutivo, permitiendo la reelección inmediata del presidente.
Esta reforma abrió la puerta para que el Dr. Leonel Fernández (PLD) regresara al poder en 2004, iniciando un período que se extendió hasta 2012.
Cuando el expresidente Danilo Medina culminaba su primer período (2012-2016), la Constitución de 2010 le impedía postularse inmediatamente.
Para poder buscar su reelección, el PLD impulsó la reforma de 2015. Si bien esta reforma logró su objetivo político inmediato (permitir la postulación de Medina), también se le añadió una cláusula de "blindaje" que es la que rige hoy.
Este lenguaje buscaba ser un "candado" definitivo, impidiendo que cualquier persona que ya haya ejercido dos períodos (consecutivos o no, según la interpretación más restrictiva) pueda volver a intentarlo en el futuro. Es una reacción directa a la historia de vaivenes y a la tendencia de los líderes a buscar eternizarse en el poder.
Aunque la prohibición ya existía, el presidente Abinader impulsó en 2024 una profunda reforma constitucional que selló definitivamente el límite de reelección. Esta modificación fue proclamada el 27 de octubre de ese mismo año y es conocida como el “triple candado”.
La reforma convirtió la regla de “dos períodos y nunca más” en una disposición intangible, es decir, casi imposible de modificar.
Los tres candados son mecanismos legales para asegurar que la regla del Artículo 124 no pueda ser modificada nuevamente por ambiciones de poder futuras:
1. Candado al Art. 268 - Intangibilidad de la Regla Presidencial
Se modificó el artículo que define los límites de una futura Asamblea Nacional Revisora. Ahora, el Artículo 268 establece que la reforma de la Constitución no podrá versar sobre:
• La forma de gobierno (republicana, democrática y representativa).
• Las reglas de elección presidencial establecidas en el Artículo 124.
Esto significa que, para modificar el límite de "dos y nunca más", se necesitaría una reforma de la Constitución que a su vez reforme este artículo (268), haciendo el proceso jurídicamente mucho más complejo y políticamente más difícil de justificar. La prohibición de reelección se vuelve intangible.
2. Candado al Art. 278 - Prohibición de Beneficio Propio
Se añadió un nuevo acápite al Artículo 278, estableciendo que ningún funcionario de elección popular podrá beneficiarse de una reforma constitucional realizada durante su mandato cuando esta verse sobre las reglas de postulación, elección y permanencia del cargo que ocupa.
Este es un mecanismo preventivo dirigido a futuras administraciones. Si un presidente logra impulsar una reforma que le permitiera postularse por más de dos períodos (es decir, eliminando el "nunca más"), esa reforma no podría aplicarse a él mismo, sino solo a futuros presidentes.
3. Candado a Luis Abinader - (Disposición Transitoria)
Para dejar su compromiso claro ante la ciudadanía y poner fin a los rumores, la reforma incluyó una Disposición Transitoria específica que reitera la prohibición para el actual mandatario: