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¿Quién suministró los fuegos artificiales de la tragedia de Salcedo?

Tragedia en carnaval de Salcedo

La ley No. 340-09 sobre Control y Regulación de los Productos Pirotécnicos, regula la importación, fabricación, transportación, comercialización y uso de los fuegos artificiales.

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REDACCIÓN NOTICIAS SIN.-  Fue arrestado este jueves 14 de marzo Elvis Manuel Santos de Jesús, identificado por el Ministerio Público como el responsable de encender los fuegos artificiales en el carnaval de Salcedo que ocasionaron quemaduras a 18 personas, incluido 11 niños, de los cuales uno murió la tarde de este jueves, otro fue dado de alta, y el resto aún lucha por sus vidas.

De acuerdo con el  comunicado de prensa del Ministerio Público “Elvis Miguel Santos de Jesús, encendió de manera imprudente y sin las precauciones de rigor, los fuegos artificiales, frente a la tarima, la cual hizo contacto con los trajes de papel de Los Toros y Toritos, dejando como resultado aproximadamente 18 personas con quemaduras en diferentes partes de su cuerpo”.

El hombre defendió ante las cámaras su inocencia; pero admitió “mi intención era darle un evento de primera calidad a la población y que mi grupo saliera airoso”.

No se puede establecer que el trabajo del Ministerio Público está terminado, hasta que no se aclare cómo y quién facilitó los fuegos artificiales.

La ley No. 340-09 sobre Control y Regulación de los Productos Pirotécnicos, regula la importación, fabricación, transportación, comercialización y uso de los fuegos artificiales.

El artículo 19 de la ley prohíbe la comercialización y manipulación de toda clase de artículos pirotécnicos y globos en cuya elevación se utilicen dispositivos alimentados por fuego sin previa autorización del Ministerio de Interior y Policía. Además el artículo 20 de dicha ley advierte que “los artículos pirotécnicos solo pueden ser vendidos a empresas de espectáculos que hayan obtenido el permiso para realizar exhibiciones públicas con estos artefactos”.

Esto supone que quien o quienes, proveyeron o adquirieron los productos pirotécnicos pueden ser sometidos a la acción de la justicia.

La referida ley establece sanciones con multas de entre 15 y 45 salarios mínimos para quienes incumplan con la ley; y penas de seis hasta dos años de cárcel.

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