Santo Domingo. – El Tribunal Constitucional de la República Dominicana se ha pronunciado sobre la interpretación de los artículos 156 y 157 de la Ley No. 20-23, que se refieren a la declaración y requisitos para las candidaturas independientes.
El tribunal encontró que estas disposiciones son inconstitucionales porque no se alinean con el espíritu de candidatura independiente.
El Constitucional, manifestó, a través de X (antigua Twitter) que «Los textos impugnados no superaron el test de razonabilidad, ya que postularse a un cargo de elección popular mediante una candidatura independiente, equivale, en la práctica, a constituir una organización política, lo cual contradice la esencia de esta figura».
Sentencia relevante TC/0788/24:
— TCRD (@TribunalConstRD) December 13, 2024
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