SANTO DOMINGO.- Servidores públicos recibirán entre RD$3,900 y RD$7,950 en viáticos con la finalidad de cubrir las necesidades diarias de alimentación y hospedaje, cuando los empleados realicen labores fuera del área de trabajo.
La disposición puesta por el Ministerio de Administración Pública (MAP) establece lo planteado a través de la resolución 049-2021. Al mismo tiempo derogó la 14-2016, que fue enviada a todos los ministerios, direcciones generales y nacionales, órganos y entes de la Administración Pública para su fiel cumplimiento.
Dicha medida dispone una escala de las tarifas diarias para el pago de viáticos para viajes al interior del país, que incluye un 10% para el desayuno; almuerzo, 25%; cena, 20%; y alojamiento o habitación, un 45%.
Los viceministros recibirán RD$750 para desayuno, RD$1,800 para almuerzo, RD$1,400 para cena y RD$3,400 para alojamiento, para un total de RD$7,350.
Mientras que los directores generales, nacionales, ejecutivos o equivalentes recibirán RD$700 para desayuno, RD$1,650 para almuerzo, RD$1,300 para cena y RD$3,300 para alojamiento, para un total de RD$6,950.
Además, los subdirectores generales, nacionales, ejecutivos o su equivalente les corresponde recibir RD$650 para desayuno, RD$1,500 para almuerzo, RD$1,200 para cena y RD$3,200 para alojamiento, para un total de RD$6,550.
Los directores de áreas recibirán RD$600 para desayuno, RD$1,350 para almuerzo, RD$1,100 para cena y RD$3,100 para alojamiento, para un total de RD$6,150.
También, los encargados de departamentos y divisiones recibirán RD$550 para desayuno, RD$1,200 para almuerzo, RD$1,000 para cena y RD$3,000 para alojamiento, para un total de RD$5,750; los encargados de secciones y coordinadores, RD$500 para desayuno, RD$1,050 para almuerzo, RD$900 para cena y RD$2,800 para alojamiento, para un total de RD$5,250.
De igual forma los profesionales tendrán una asignación de RD$450 para desayuno, RD$900 para almuerzo, RD$800 para cena y RD$2,600 para alojamiento, para un total de RD$4,750; los técnicos recibirán RD$400 para desayuno, RD$800 para almuerzo, RD$700 para cena y RD$2,200 para alojamiento, para un total de RD$4,100.
La asignación para otros puestos será de RD$350 para desayuno, RD$750 para almuerzo, RD$600 para cena y RD$2,200 para alojamiento, para un total de RD$3,900.
La nueva medida dispone que los casos en que los choferes también deban pernoctar en los lugares que lo hará el personal que transportaron, el monto del alojamiento de los mismos deberá equivaler al nivel de los técnicos.
Los montos de los viáticos diarios de cada categoría de puestos se les aumentarán un 5% en los casos de viajes en asuntos laborales a provincias turísticas como La Altagracia, La Romana, Puerto Plata y Samaná.
Cuando los servidores públicos deban salir de sus hogares, a los servicios asignados, entre las 10:00 de la noche y las 5:00 de la madrugada, las dietas se les pagarán acorde a las tarifas correspondientes a un día de salario, lo mismo si los servicios se producen en días no laborables o feriados.
La resolución precisa que las solicitudes de viáticos serán tramitadas por los menos con cinco días laborables antes de las fechas de realización de los viajes para la ejecución de servicios, anexados los documentos que verifiquen los trabajos a realizar y remitidas a las respectivas direcciones administrativa-financieras para la revisión y depuración correspondientes.
En caso de que el servidor público en cumplimiento de trabajos especiales, deba desplazarse por cuenta propia, no en vehículo de la institución, a la tarifa que corresponda, se le adicionará la suma del costo del pasaje de ida y vuelta al lugar correspondiente o, en su defecto, se calculará el consumo de combustible de acuerdo al kilometraje a recorrer, al precio del galón del día del servicio.
También, que en caso de que, por razones de fuerza mayor o extrema urgencia, el servicio deba realizarse sin la debida planificación previa, los funcionarios autorizados tramitarán a la correspondiente dirección administrativa-financiera la solicitud de reembolso de valores que correspondan.
El documento definió la zona metropolitana o del Gran Santo Domingo al perímetro delimitado al este, hasta Boca Chica; por el sur, hasta San Cristóbal; y por el norte, hasta Villa Altagracia.
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