x
Batalla Electoral 2024

¿A cuáles restricciones deben abstenerse los partidos y ciudadanos por las elecciones municipales?

Medidas

Además, queda prohibido el expendio y distribución de bebidas alcohólicas 24 horas antes de los comicios y en las 12 horas después de las votaciones, exceptuando las instituciones hoteleras ubicadas en las zonas turísticas.

Santo Domingo.- Por motivo a las elecciones municipales del 18 de febrero la Junta Central Electoral ha emitido las restricciones a las que deben abstenerse los partidos políticos y los ciudadanos.

Dentro de estas se encuentran:

A partir del 15 de febrero queda prohibido realizar actos de proselitismo, espectáculos públicos, manifestaciones o reuniones públicas de carácter político, propaganda electoral por la prensa radial, televisiva y otros medios similares.

Además, queda prohibido el expendio y distribución de bebidas alcohólicas 24 horas antes de los comicios y en las 12 horas después de las votaciones, exceptuando las instituciones hoteleras ubicadas en las zonas turísticas.

Durante los ocho días anteriores al de la votación, se censura la publicación de encuestas electorales.

También, el domingo 18 de febrero se declara día no laborable en el territorio nacional, según establece la ley No. 20-23, Orgánica del Régimen Electoral. Sin embargo, en caso de que los trabajos no puedan ser suspendidos, los empleadores estarán obligados a flexibilizar los horarios de sus trabajadores aptos puedan acudir a ejercer el voto.

Comenta con facebook