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Batalla Electoral 2024

Declaración de bienes

Si bien es cierto que la declaración se hace bajo juramento, no basta para garantizar que los datos contenidos en la misma sean reales ni comprendan la totalidad del patrimonio. Pero es un primer paso a partir del cual, mediante el cruce de información, toca a los mecanismos de control del Estado verificar la certeza de los mismos. Con los modernos medios electrónicos de que dispone, no debe resultar una tarea trabajosa ni compleja.

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Fruto de un laborioso y tenaz proceso de aprobación, donde después de haberlo sido en el Senado perimió varias veces en la Cámara de Diputados, la ley 311-14 de Declaración Jurada de Patrimonio llamada  a  ser en un eficaz instrumento para prevenir, combatir y sancionar la corrupción en la Administración Pública, ha terminado por convertirse en objeto de burla reiterada e impune. La pasada semana el presidente de ANJE afirmó que al mes de abril apenas había cumplido con la ley un 25 por ciento de los funcionarios obligados a hacer la declaración.  El dato no ha sido refutado.

Si bien es cierto que la declaración se hace bajo juramento, no basta para garantizar que los datos contenidos en la misma sean reales ni comprendan la totalidad del patrimonio.  Pero es un primer paso a partir del cual, mediante el cruce de información, toca a los mecanismos de control del Estado verificar la certeza de los mismos.  Con los modernos medios electrónicos de que dispone, no debe resultar una tarea trabajosa ni compleja.

Tal como hemos señalado en otras ocasiones al referirnos a la misma y  ahora acaba de expresar el vicepresidente ejecutivo de la Fundación Institucionalidad y Justicia, Servio Tulio Castaños, la legislación ha mostrado ser “ineficaz, limitada e insuficiente”,  tanto por su Reglamento como por la falta de una acción coordinada por parte de los órganos de aplicación.  De manera expresa, cita la Cámara de Cuentas.

Cuando el Presidente Danilo Medina, en cumplimiento de la ley hizo su declaración de bienes y de igual modo, la vicepresidenta Margarita Cedeño y los miembros del gabinete, se daba por supuesto que servirían de ejemplo para que el resto de los funcionarios comprendidos en la misma, hicieran lo propio.  La mayoría sin embargo, se hizo la desentendida.

Si bien es cierto que la ley que obliga a los servidores públicos a partir de su rango de importancia y responsabilidad a declarar sus bienes bajo juramento, al momento de asumir sus funciones y luego al cesar en los cargos, la misma ha sido reiteradamente incumplida y burlada sin consecuencias para los transgresores.  Esto así, no obstante que la misma establece de manera expresa las sanciones de aplicación en cada caso, comprendidas en tres etapas.  La primera es de amonestación, la segunda de retención del salario y la tercera de destitución.   Nada de esto ha ocurrido, pese a que en alguna que en otra ocasión se ha amenazado con la aplicación de sanciones, estas no han tenido lugar.

Una excepción.  En días recientes el Alcalde de Santiago, Abel Martínez, dio a conocer la retención de los sueldos de la vice-alcaldesa y varios regidores por no haber cumplido con el mandato de la ley de Declaración Jurada de Patrimonio.  Que se sepa su gesto no ha tenido imitadores.  En todo caso, una acción aislada que solo confirma la regla de total indiferencia y desidia para dar cumplimiento al mandato legal.

La ley, por consiguiente, ha sido in-funcional. Ni se ha cumplido a cabalidad ni se ha aplicado. Tampoco ha habido mayor interés en muchas instancias de gobierno y en los propios partidos políticos por reclamar de sus miembros en posiciones públicas, ya en organismos del Estado, ya en posiciones electivas transparentar sus bienes.  De hecho, la Comisión de Etica del gobierno ni se ha pronunciado sobre el tema, ni  ha tomado  interés y acción al respecto.

Ahora que el escándalo de la Odebretch ha colocado sobre el tapete del tema de prevenir y sancionar la corrupción, debiera ponerse empeño en que la ley se ponga en vigencia, se exija su cumplimiento y se apliquen las sanciones establecidas a los incumplidores.  Es el primer paso necesario para garantizar el correcto manejo de los fondos públicos y evitar el enriquecimiento ilícito de los funcionarios en perjuicio del Estado y el país, por lo que el solo hecho de evadirla debe mover a suspicacias y servir de alarma.

De no hacerlo así, será preferible echarla al zafacón antes de que continúe siendo tomada de mojiganga.

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