x
Batalla Electoral 2024

FJT advierte inviabilidad constitucional del Fideicomiso Pro-Pedernales

Pide corregir el contrato del proyecto para evitar afectar la seguridad jurídica de inversores extranjeros y nacionales.

Imagen sin descripción

SANTO DOMINGO.- La Fundación Justicia y Transparencia (FJT) deploró que en el contrato de “Fideicomiso de Pro-Pedernales” aprobado por el Congreso Nacional, el pasado mes de abril, mediante el referido contrato se entregó como aporte inicial, además de RD$3,000 millones, también casi 362 millones de metros cuadrado, de terrenos pertenecientes al área protegida del Parque Nacional Jaragua.

La institución cívica recordó que en un proceso sostenido de protección al medio ambiente, el expresidente Joaquín Balaguer, expropió por causa de utilidad pública varios terrenos, más otras propiedades del estado dominicano, para por decreto ir conformando lo que sería el sistema de áreas protegidas en la República Dominicana, todo ello refrendado por el gobierno de Hipólito Mejía, mediante la aprobación de la ley sectorial de áreas protegidas, número 202-04 del 30 de julio del 2004.

La referida ley que instituye un sistema de áreas protegidas en el país, en su Título V Capítulo 1, Artículo 37, delimita y categoriza en su numeral 22, bajo la denominación de Parque Nacional Jaragua, con una extensión total de aproximadamente unos 1,543 de la región suroeste (Pedernales, Bahoruco, Barahona e Independencia), incluyendo las áreas marinas insulares, estuarianas, lacustre y terrestres.

El presidente de Justicia y Transparencia, Trajano Potentini expresó que este fideicomiso instituido en principio mediante decreto 724-20 y ratificado en 2022 por el congreso, se fundamenta en la ley 266-04, la cual declara y establece como demarcación turística prioritaria, el llamado Polo o Área Turística de la Región Suroeste, en las provincias de Barahona, Bahoruco, Independencia y Pedernales. Cuya ley en su artículo primero y sus párrafos de manera clara y precisa, excluye y ratifica específicamente como área protegida la parcela 215-A, dada errónea e inconstitucionalmente en aporte en el contrato del fideicomiso.

En ese mismo sentido, la FJT pidió la urgente e inmediata corrección del contrato, toda vez que el mismo viola la constitución, atribuyéndole funciones extraordinarias a la Dirección General de Alianzas Público Privadas (DGAPP), como órgano hegemónico vía la denominada Unidad de Gerencia Técnica y Dirección Ejecutiva, que como órganos del fideicomiso manejan toda la actividad administrativa y operativa, incluso pudiendo asumir bajo el alegato de urgencia, las funciones del comité administrativo cómo unidad jerárquica de todo el fideicomiso.

También llama a preocupación la figura del desarrollador, el acreedor garantizado y el fideicomitente adherente, además los denominados fideicomisos vinculados de naturaleza estrictamente privados, que podrían desprenderse el fideicomiso base, la capacidad de endeudamiento y de compra y ventas, el secreto fiduciario, su propio sistema de compras y contrataciones, todo ello al margen de las leyes de transparencias, la duración renovable por 20 años e irrevocable, la capacidad a voluntad propia o de los órganos administrativos, con causa o sin ella de eliminar la fiduciaria banreservas, cambiándola por otra privada, entre otras tantas incongruencias y violaciones.

Justicia y Transparencia hizo un llamado a la Dirección de las Alianzas Pública Privadas, para que procuren los correctivos que necesita el contrato de fideicomisa para su legalidad, al mismo tiempo para que desistan de varias licitaciones que están llevando cabo en el presente con base en los terrenos de áreas protegidas, en razón de que estarían afectando la seguridad jurídica de posibles inversores extranjeros y cadenas hoteleras, con construcciones en terrenos que violarían la leyes de protección al medio ambiente.

Comenta con facebook